La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador a Mediaset por ‘Sálvame Diario» al haber emitido presuntamente durante la segunda parte del programa -«Sálvame Naranja»-escenas e imágenes que no se adecuarían a la calificación de sus contenidos.
A ver, no nos engañemos: no existe diferencia alguna entre ‘Sálvame limón’ (de las 16.00 a las 17.00 horas) y ‘Sálvame naranja’ (desde las 17.00 horas hasta las 20.00) .
En diciembre de 2014, Competencia amenazó con una multa si no se rebajaban los contenidos del programa, en T5 no sólo se hicieron los mártires y giraron la balanza a su favor con la campaña ‘Yo veo Sálvame’, sino que se inventaron lo de la división del formato, ajustándolo al horario protegido.
Se suponía que ‘Sálvame naranja’ iba a ser más light, más para todos los públicos, pero no fue así. Y no tenía por qué serlo.
De acuerdo que en ‘Sálvame’, a veces , se roza lo desagradable y se alimentan,en exceso, de la sangre moral pero, para empezar, no se diferencia mucho de las tramas góticas de las telenovelas de la competencia y, segundo es un programa de éxito que la audiencia, libre en su elección, hace líder cada tarde. Además, sin sus conflictos, el show de La Fábrica de la tele no existiría.
¿DE QUÉ SE QUEJA AHORA LA CNMC?
Pero lo más importante, ¿qué es lo que pretende ahora la CNMC ? ¿Qué es lo que pide exactamente? ¿Qué se puede ver y qué no en horario protegido?
Competencia ha informado, en un comunicado, se ha abierto expediente sancionador por el presunto incumplimiento del requerimiento que la Comisión emitió en diciembre de 2014 para que efectuase una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa.
Tras este requerimiento -recuerda Competencia-, Mediaset modificó la calificación del programa (era «no recomendado para menores de 7 años») al dividirlo en dos partes: ‘Sálvame limón’ hasta las 17.00 horas, y ‘Sálvame naranja’ desde las 17 horas hasta su finalización.
La primera parte está calificada como «no recomendado para menores de 12 años» y la segunda como «no recomendado para menores de 7 años», puesto que de 17.00 a 20.00 horas es la franja de protección reforzada.
A pesar de ello, la CNMC «ha constatado que Mediaset, en su canal Telecinco, ha podido vulnerar lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Y lo ha podido hacer, en su opinión, al haber emitido en el programa «Sálvame Naranja» del día 9 de junio de 2015, en la franja de protección reforzada, «escenas e imágenes cuyos contenidos no se adecuarían a la calificación dada por el operador como no recomendada para menores de 7 años».
Este hecho se considera una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa de entre 100.001 y 500.000 euros.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, según Competencia, que explica que ahora se abre un período máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
Mediaset dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.