José Mª Barreda, Fernando Lamata y Emiliano García-Page
El niño nació con una grave patología cardíaca que no le diagnosticaron hasta 48 horas después del nacimiento, una vez trasladado al Hospital 12 de octubre de Madrid
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El juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a pagar una indemnización de 250.000 euros a una mujer que tras recibir una "deficiente" atención sanitaria durante el embarazo y el parto tuvo un hijo con "grave patología cardiaca".
Ni el presidente Barreda ni su consejero de Sanidad, Fernando Lamata, han hecho declaraciones al respecto. Desde hace mucho tiempo ya se vienen denunciando los recortes en todo el sector.
La sentencia ha sido facilitada por el Defensor del Paciente, que ha tramitado el recurso de demandante, B.M.C., de tenía 18 años de edad cuando ocurrieron los hechos y tenía un embarazo considerado de "alto riesgo".
La mujer dio a luz el día 30 de octubre de 2004 en el complejo hospitalario de Ciudad Real a un varón con una "grave patología cardiaca como consecuencia de la deficiente asistencia sanitaria prestada durante el embarazo y parto".
Un año después, los padres del recién nacido reclamaron al Sescam más de un millón y medio de euros y alegaron que a pesar de estar considerado el embarazo de alto riesgo no se le realizó la prueba denominada ´screaning´ del primer trimestre del embarazo.
Esta prueba está pautada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) para descartar cromosomopatías, por lo que no se hizo un diagnóstico temprano de la patología que padecía el feto y, además, no se efectuó la ecografía de la semana veinte también recomendada por la SEGO.
Lamata es el fichaje estrella de Barreda en Guadalajara aunque parece que no ha tenido una buen acogida en la provincia alcarreña. Hechos tan desagradables como el que se ha destapado ponen en duda el trabajo del consejero y del equipo de gobierno liderado por Barreda.
Grave patología cardíaca
El niño nació con una grave patología cardíaca que no le diagnosticaron hasta 48 horas después del nacimiento, una vez trasladado al Hospital 12 de octubre de Madrid.
Al bebé se le diagnosticó entonces, mediante una ecocardiografía, que solo tenía el ventrículo izquierdo de doble entrada con transposición de los grandes vasos, foramen bulboventricular restrictivo, hipoplasia del arco y coartación de aorta.
El niño fue sometido a cuatro intervenciones quirúrgicas y se le ha dado un grado de minusvalía de 81,5%.
En la sentencia se reconoce la pérdida de oportunidad de la madre para haber decidido seguir o no con el embarazo debido a esta malformación que podría haberse detectado durante la gestación de la mujer.
La jueza explica en la sentencia que la indemnización impuesta al Sescam y a la aseguradora se ha calculado no tanto en función de las secuelas del menor "sino por la pérdida de la posibilidad de decisión de la recurrente y la de tener un tratamiento acorde con la patología del menor".
