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Renta 2017: Desde este 4 de abril hasta el 2 julio se puede presentar la Declaración

Benjamín Flanklin, uno de los padres fundadores de EEUU, escribió:

«En este mundo no se puede estar seguro de nada, salvo de la muerte y los impuestos».

Tenía más razón que un santo y prueba de ello es que aquí en España, los tam-tam que unen estos dos conceptos -la muerte y los impuestos- vuelven a sonar atronadoramente desde este miércoles, agitados por el ministro Cristobal Montoro.

Desde este 4 de abril de 2018 hasta el 2 julio se puede presentar la Declaración de la Renta de 2017.

La Agencia Tributaria ha desarrollado una aplicación móvil para que el trámite sea rápido con varios clic, pero cuidado antes de confirmar porque hay datos y deducciones que no suele tener en cuenta Hacienda. Los expertos recomiendan realizarla a través del programa Renta Web para revisar a conciencia los datos fiscales y evitar que se presente de forma precipitada.

Para muchos contribuyentes la Agencia Tributaria es como el Gran Hermano que conoce todos sus datos. Sin embargo, la información que proporciona en la Declaración de la Renta la obtiene del propio contribuyente y de terceros como empresas, bancos y organismos públicos.

Los datos que desde el 15 de marzo están disponibles en los distintos canales de la Agencia Tributaria no incluyen los cambios civiles ocurridos en 2017 si el contribuyente no ha informado a Hacienda. El estado civil, nacimiento o adopción de hijos no vendrán reflejados si no se realiza los cambios pertinantes.

Tampoco la información disponible Hacienda incluye deducciones por gastos de trabajo como cuotas sindicales o de colegios profesionales, siempre que la colegiación sea obligatoria para trabajar y con un límite de 500 euros anuales. Y tampoco los costes que se hayan incurrido en abogados en caso de despido u otro conflicto laboral.

Deducción por vivienda

La deducción por vivienda, tanto por compra como alquiler, sigue siendo una de las mayores rebajas fiscales para el contribuyente, pese a que el tramo estatal ha desaparecido desde 2013. Pero la mayoría de Comunidades Autónomas mantienen este beneficio más o menos limitado a determinados grupos de edad y a nivel estatal se mantiene en régimen transitorio, al igual que por alquiler. Hacienda no suele reflejar estos gastos satisfechos para beneficiarse de la deducción.

Cuidado con las ganancias patrimoniales

Uno de los errores más frecuentes que comete la Agencia Tributaria es la imputación de viviendas que ya no son propiedad del contribuyente, según Gestha. Se suele dar cuando se produce una venta de un inmueble. El error es grave porque el fisco asigna de forma automática una ganancia patrimonial automática como renta inmobiliaria.

Ayudas públicas

También hay que tener especial cuidado si se ha recibido ayudas públicas a la hora de comprar un vehículo o reformar la vivienda. Hay consignarlas en las casillas correspondientes porque tributan como ganancia patrimonial. Si no se añade la Agencia Tributaria reclamará que se tribute como tal e impondrá una sanción.

Deducciones autonómicas

Es particularmente importante dedicar un poco de tiempo a repasar las deducciones autonómicas, ya que aunque sean desconocidas por el contribuyente pueden suponer importantes beneficios fiscales (gastos por estudios de los hijos, por adopción, alquiler de vivienda).

En este punto, los técnicos de Hacienda Gestha recomiendan descargar el Manual de la Renta en la web de la Agencia Tributaria, leer el índice y repasar los apartados que interese a cada persona.

Las aportaciones a los partidos políticos y los donativos

La solidaridad y la ideología desgravan, de manera que las aportaciones a los partidos políticos dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la Ley sobre financiación de los partidos políticos. Asimismo, la última reforma fiscal introdujo importantes mejoras en algunas deducciones por donativos siempre que hayan sido certificadas por la entidad beneficiaria.

En el País Vasco existe una deducción sin límite del 20% de las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, salvo las cantidades aportadas obligatoriamente a su organización política por los cargos políticos de elección popular o de libre designación que hayan deducido el 25% de los rendimientos íntegros del citado puesto de trabajo si estos representan la principal fuente de renta del contribuyente.

Planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones, que permite una reducir la base imponible de hasta 8.000 euros siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo, son datos suministrados por la gestora, pero conviene verificarlos antes de validarlo. Gestha recuerda que el ahorro fiscal de estas aportaciones oscila entre un mínimo del 19 o el 21,5% hasta un máximo del 45 o el 48% de la inversión realizada, según las variaciones de las escalas de gravamen aprobadas por las comunidades autónomas.

Devolución cláusulas suelo

Las devoluciones de las cantidades por cláusulas suelo están exentas en el IRPF al no considerarse renta, tampoco a los intereses de demora que haya incurrido el banco. Sin embargo, en el caso que la demasía pagada por el contribuyente se haya incluido en la deducción por inversión en vivienda habitual, habrá que regularizar dichas deducciones indebidas de los cuatro ejercicios no prescritos. Igualmente sucedería si se hubieran considerado como un gasto deducible en rendimientos por alquiler o actividades económicas.

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