Están exentas las viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto (2005-2007)
El Gobierno Rajoy prevé reducir en un punto porcentual del Producto Interior Bruto (PIB) y con «carácter inmediato» el desequilibrio presupuestario de España mediante las medidas de ajuste aprobadas este 30 de diciembre de 2011, entre las que destacan el aumento del IRPF y del IBI, así como la congelación del sueldo de los empleados públicos.
Así se recoge en el preámbulo del Real Decreto-Ley con medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, que este 31 de diciembre publica el Boletín Oficial del Estado (BOE). [Puedes leer completo aquí el Real Decreto publicado en el BOE]
Con este plan de ajuste se inicia un camino de consolidación fiscal» que se concretará de forma definitiva en el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, que aprobará el Gobierno Rajoy en el mes de marzo:
«No se podrían superar las actuales condiciones de escasez de liquidez que impiden un desarrollo adecuado de la actividad económica».
En el texto, como explica ABC, se recoge también las modificaciones en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que sube entre un 4 % y un 10% en función del año en que se haya hecho la última revisión del valor catastral y para el periodo impositivo de 2012 y 2013.
Más IBI para 25 millones de inmuebles
La subida del IBI durante los próximos dos años será también progresiva de acuerdo con la antigüedad del valor catastral, como se ha explicado, y afectará a un total de 25 millones de inmuebles.
El grueso del incremento recaerá en las viviendas cuya última revisión se produjo antes de 2002, ya que supondrá un incremento del tipo del 10% que afectará a 18,2 millones de inmuebles, con una incremento de la cuota de 665 millones de euros.
En el caso de las inmuebles con revisión catastral entre 2003 y 2005, un total de dos millones de viviendas, experimentarán un incremento del tipo del 6% con una subida de la cuota de 53 millones de euros.
El resto de los ingresos, de 200 millones de euros, proceden de un incremento del tipo de 4% sobre 4,8 millones de viviendas cuya última revisión castastral se produjo después de 2009.
Tienen tipo del 4% municipios como Madrid, Málaga, Oviedo, Segovia, Zamora, Burgos, Gijón, Soria, Mérida, Alcalá de Henares, Alcorcón, Fuenlabrada y Móstoles.
EL REAL DECRETO
Los tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) pasan a ser los siguientes, recoge el texto expresamente:
- a) El 10% para los municipios que hayan sido objeto de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general para bienes inmuebles urbanos como consecuencia de una ponencia de valores total aprobada con anterioridad al año 2002, no pudiendo resultar el tipo de gravamen mínimo y supletorio inferior al 0,5% en 2012 y al 0,6% en 2013.
- b) El 6% para los municipios que hayan sido objeto de un rocedimiento de valoración colectiva de carácter general para bienes inmuebles urbanos como consecuencia de una ponencia de valores total aprobada entre 2002 y 2004, no pudiendo resultar el tipo de gravamen mínimo y supletorio inferior al 0,5%.
- c) El 4% para los municipios que hayan sido objeto de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general para bienes inmuebles urbanos como consecuencia de una ponencia de valores total aprobada entre 2008 y 2011.
Lo dispuesto en el presente apartado únicamente se aplicará en los siguientes términos:
- -A los inmuebles de uso no residencial, en todo caso.
- -A la totalidad de los inmuebles de uso residencial a los que les resulte de aplicación una ponencia de valores total aprobada con anterioridad al año 2002.
- -A los inmuebles de uso residencial a los que les resulte de aplicación una ponencia de valores total aprobada en el año 2002 o en un año posterior, y que pertenezcan a la mitad con mayor valor catastral del conjunto de los inmueblesdel municipio que tengan dicho uso.
Lo dispuesto en el presente artículo no será de aplicación a los municipios cuyas ponencias de valores hayan sido aprobadas entre los años 2005 y 2007.
Tampoco tendrá efectos para el periodo impositivo que se inicie en 2013 para aquellos municipios en los que se apruebe una ponencia de valores total en el año 2012.
Están exentas de esta subida, no solo las viviendas de menor valor catastral, sino también las viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto (2005-2007).