El colegio de agentes de la propiedad inmobiliaria de Cataluña ha recogido un decálogo de recomendaciones

Diez consejos para dar en el clavo a la hora de alquilar un piso y no pillarse los dedos

Para empezar, aconsejan leer el contrato de arrendamiento "de cabo a rabo"

Diez consejos para dar en el clavo a la hora de alquilar un piso y no pillarse los dedos
Alquileres Captura

No se debe alquilar una vivienda sin contrato de por medio

El colegio de agentes de la propiedad inmobiliaria de Cataluña ha recogido un decálogo de recomendaciones básicas pero útiles para toda aquella persona interesada en ejercer de inquilino, del que se gace eco ‘El Economista‘.

Para empezar, aconsejan leer el contrato de arrendamiento «de cabo a rabo», con calma y, de ser necesario, asesoramiento legal externo. Es fundamental que se comprenda el alcance de todos los puntos incluidos en el documento, ya que cualquier cosa que se pase por alto deberá cumplirse una vez firmado.
Todo por escrito

En segundo lugar recuerdan que no se debe alquilar un piso sin contrato de por medio, aunque la operación se haga con un familiar o amigo. «Es conveniente para la seguridad y tranquilidad de ambas partes que todo quede por escrito», indican.

NEGOCIAR DUDAS

Además, es imprescindible abordar y negociar todo aquello que genere duda o inquietud. Desde el precio hasta alguna cláusula relacionada con facturas, obras, etc. «Es un documento privado entre las dos partes, que se puede redactar a vuestra medida», aclaran los agentes de la propiedad en su web.

Así, hay que tener en cuenta que hay que revisar el estado de la vivienda y hacer una relación de los desperfectos que pueda haber, de forma que no puedan ser achacables a los inquilinos. Y es recomendable incluir un anexo al contrato con la lista de los daños adjuntando, a ser posible, fotografías de los mismos.

Otro de los consejos que ofrecen desde la web del colegio de agentes inmobiliarios de Cataluña es el de negarse a aceptar cláusulas que se consideren abusivas y puedan menoscabar los derechos del arrendatario.

Entre ellas, se puede contar el de asumir pagos que corresponden al propietario. Hay facturas, como la del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la de la comunidad de vecinos, que deben correr a cargo del dueño de la casa, mientras que otros como el impuesto de basuras suelen pactarse entre ambas partes.

Otra cosa que recomiendan los expertos es no pagar por adelantado hasta que no se haya firmado el contrato. «Si temes perder el piso por no ceder al adelanto, busca asesoramiento legal y hazle firmar un documento al propietario en el que se especifique en concepto de qué adelantas ese dinero», matizan.

Y, tras la negociación, recuerdan que todo acuerdo al que se llegue debe ser incluido en el contrato. El pactoverbal es aceptable, pero es mejor que quede constancia por escrito, tanto si se trata de una modificación sobre una cláusula existente como de añadir algún punto nuevo. «Si el propietario promete cosas verbalmente, pero no lo quiere incluir en el contrato, no hay garantías tienes de que cumpla con sus palabras», apuntan.

Por último, una vez cerrada la redacción del contrato, no hay que olvidarse de firmar todas las hojas para evitar que se pueda alterar el contenido.

 

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