EDIFICIO DE BIBLIOTECONOMÍA DE BADAJOZ

Fragoso puede incurrir en delito de desobediencia si no derriba el Cubo

En una sentencia de 24 de febrero de 2003 se declaraba la ilegalidad de la licencia de obras concedida en su día para la construcción del edificio

Fragoso puede incurrir en delito de desobediencia si no derriba el Cubo
Francisco Javier Fragoso

Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) con fecha 9 de junio de 2015, recuerda al alcalde de Badajoz, Francisco Javier Fragoso, que podría incurrir en delito de desobediencia expresa si no acomete el derribo del ‘Cubo’ de Biblioteconomía en la capital pacense.

Cabe recordar que en una sentencia de 24 de febrero de 2003 se declaraba la ilegalidad de la licencia de obras concedida en su día para la construcción del edificio que actualmente ocupa la Facultad de Biblioteconomía y Documentación y Biblioteca General de la Universidad de Extremadura.

En concreto, el auto dictado ahora por el TSJEx, remitido por la Asociación Amigos de Badajoz y recogido por Europa Press, determina que las obras de demolición de las dos plantas superiores del citado edificio de hormigón de la Facultad de Biblioteconomía de Badajoz, «y las que de ella se deriven», deben ser realizadas «de inmediato», para lo cual se faculta al consistorio de la capital pacense a que «desgaje del proyecto aprobado dichas obras, a fin de su adjudicación inmediata e independiente del resto».

A continuación, el auto del TSJEx añade que «cualquier demora en el cumplimiento de esta determinación será considerada delito de desobediencia expresa a orden de autoridad cometido por el alcalde de Badajoz», y apunta también que a estos efectos la resolución en cuestión le será «notificada» al primer edil «a modo personal».

El TSJEx indica igualmente que mientras se llevan a cabo las obras de demolición indicadas, el ayuntamiento «llevará a cabo los estudios y actuaciones recogidas en el informe de la ponencia técnica que obra en las actuaciones y una vez realizados, y con el informe no vinculante que pudiera emitir a su vista la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz, se incorporarán los autos para que la Sala decida sobre la ejecución del resto de obras hasta dar por cumplida la ejecutoria en su totalidad».

El tribunal extremeño señala, además, que no ha lugar a hacer expresa condena en costas, y apunta que se notificará la resolución en cuestión personalmente al alcalde de Badajoz, además de a su representación procesal en autos.

Finalmente, contra el auto cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días desde la notificación, que ha tenido lugar este viernes, día 12.

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Autor

Javier Velasco-Arias

Javier Velasco-Arias, biblista y educador.

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