EN EL PARLAMENTO GALLEGO

Los promotores de iniciativas populares tendrán garantizado el debate

La mayoría parlamentaria estará obligada a incluir su debate en uno de los dos plenos siguientes una vez reúnan los requisitos

Los promotores de iniciativas populares tendrán garantizado el debate
Parlamento gallego.

Los promotores de iniciativas legislativas populares (ILP) tendrán en el Parlamento de Galicia garantías para debatir sus propuestas en el hemiciclo, puesto que la nueva ley que las regulará establece que, como máximo en uno de los dos plenos siguientes cuando tengan todos los requisitos reunidos, deberá incluirse en el orden del día de la sesión plenaria.

El plazo máximo de dos plenos ha sido pactado a raíz de una de las enmiendas presentadas por el PPdeG a la reforma legislativa impulsada por el BNG y que, entre sus novedades, presenta, precisamente, la garantía de los plazos para los promotores de una iniciativa popular, tal y como se establece en el trámite de ponencia, recogido por Europa Press.

En la arena parlamentaria, y en función de quienes ostentasen la mayoría, oposición y grupos que apoyaron al Gobierno se han reprochado mutuamente que iniciativas legislativas populares no se sometiesen a debate en el hemiciclo para evitar que saliesen adelante.

Uno de los ejemplos fue la ley promovida para la supresión del conocido como ‘plus’ de altos cargos, que llegó con el bipartito -en que había disensiones sobre este salario de los funcionarios que temporalmente se dedicaban a un cargo público-, o ya con el Gobierno de Alberto Núñez Feijóo la ILP sobre Preescolar na Casa o la impulsada por SOS Sanidade Pública.

Así las cosas, en el caso concreto de las ILP, y tras las negociaciones en ponencia, las iniciativas legislativas populares tendrán su debate de toma en consideración (la decisión de si finalmente se convierte en ley y se tramita en la Cámara o no) «en uno de los dos plenos ordinarios siguientes que se celebren, una vez que tenga cumplidos todos los trámites establecidos en la legislación vigente y en el Reglamento de la Cámara».

FIRMA ELECTRÓNICA

Otra de las novedades que introduce esta ley es la incorporación de la firma electrónica, para lo que se faculta a la junta electoral de Galicia para establecer los requisitos necesarios para que el procedimiento se pueda realizar.

A este respecto, tendrá un plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la normativa, para elaborar las disposiciones normativas pertinentes que permitan su uso.

La ley también responsabiliza a la comisión promotora de que los datos personales que consten en su poder «sean tratados con respeto a la legislación aplicable en materia de protección de datos, garantizando, particularmente, que los datos no serán utilizados para fines distintos del apoyo declarado a esa iniciativa».

«HAY LAGUNAS»

En la exposición de motivos, los grupos consideran «patente» que en la ley que actualmente está en vigor, de 1988, «hay lagunas que conviene corregir con el fin de darles un impulso y un mayor apoyo a las fórmulas directas de participación».

Así, una de las cuestiones que se incorporan, es la «reducción» del número de firmas precisas para que las iniciativas legislativas populares sean debatidas, que pasan de 15.000 a 10.000 firmas de ciudadanos mayores de edad que estén inscritos en el censo electoral de Galicia.

Además, otra de las novedades es la previsión económica, de manera que hasta ahora sólo se preveían gastos para las iniciativas que eran tomadas en consideración, es decir, las que llegaban a tramitarse en la Cámara.

La nueva normativa, que pretende evitar esta «discriminación», incorpora la previsión de ayudas para gastos a toda las iniciativas legislativas populares que acepta la Mesa del Parlamento, es decir, las que tienen derecho a ser debatidas en el pleno previa recogida de firmas cuenten después con el respaldo de la mayoría o no.

Según establece el articulado de la ley, que tras el trámite en ponencia ya está lista para su debate en comisión y, después, pleno de la Cámara, habrá una ayuda máxima de 40.000 euros a razón de 0,64 euros por firma, y se podrá establecer un anticipo de 3.000 euros.

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