IRÁ AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SI NO HAY ACUERDO EN SEIS MESES

Conflicto entre Gobierno y Xunta por la ley que interpreta la reforma local de Montoro

La Xunta señala que casi todas las autonomías recurrieron "a normas similares" para facilitar la aplicación de la ley estatal

Conflicto entre Gobierno y Xunta por la ley que interpreta la reforma local de Montoro
Cristobal Montoro. PD

El Gobierno central discrepa de parte del contenido de la ley gallega de medidas urgentes aprobada a finales del pasado mes de mayo de 2014 para disipar dudas de los municipios ante la reforma local impulsada por el departamento que dirige Cristobal Cristóbal Montoro que, entre otras cuestiones, obliga a reconsiderar la delegación de competencias si no están dotadas de financiación.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) y el Boletín Oficial del Estado (BOE) publican un acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Xunta y el Estado para iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación al artículo 3 de esta ley medidas urgentes, centrado en el ejercicio de nuevas competencias por parte de entidades locales, y la disposición adicional tercera de la misma norma.

Con tal fin, determina la designación de un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda. Por si no se produce el consenso, se decide además advertir mediante una comunicación al Tribunal Constitucional del conflicto, un paso previo regulado y preciso para activar, si no hay acuerdo, un procedimiento de inconstitucionalidad.

Fuentes de la Xunta han explicado que la discrepancia se centra en la necesidad de someter a los informes de duplicidad y sostenibilidad financiera el ejercicio por parte de las entidades locales de aquellas competencias, distintas de las propias y de las atribuidas por delegación, que ya se ejercían con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma local.

«SOSTENIBILIDAD FINANCIERA»

Entre otros extremos, el artículo 3 de la norma autonómica constata que el ejercicio de nuevas competencias municipales que sean distintas a las atribuidas como propias por la legislación, y cuyo ejercicio no se encontrase delegado, «sólo será posible cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal».

El mismo artículo determina que, antes del ejercicio de nuevas competencias, serán preceptivos los informes previos de la Administración competente en los que se ratifique la inexistencia de duplicidades, y de la Consellería de Facenda, como titular de la competencia de tutela financiera sobre las entidades locales gallegas, sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias.

En cuanto a la disposición adicional tercera, se centra en que la adaptación al régimen de la reforma local de los acuerdos ya suscritos cuando entró en vigor de esa ley.

Dentro de la misma norma autonómica, en otra disposición adicional con la que, sin embargo, no confronta el Estado, se determina que los servicios sociales seguirán siendo prestados por los municipios en tanto «no se den las condiciones previstas» para su traspaso y, en particular, el establecimiento del nuevo sistema de financiación autonómica y local.

«NORMAS SIMILARES» EN OTRAS CC.AA.

Mientras Galicia trabajaba en esta norma, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya había advertido que estudiaría su contenido «con minuciosidad» para determinar si había causa de inconstitucionalidad.

En el caso de haberla, había explicado que se trataría de llegar a un acuerdo en un seis meses y que, de no ser posible, pasaría a interponer un recurso. Para ello habilita este acuerdo publicado este lunes, que deriva de la reunión bilateral celebrada el 29 de julio de 2014.

Fuentes de la Vicepresidencia de la Xunta han ratificado que los representantes del Gobierno autonómico acudirán a las citas de la negociación «con el máximo espíritu de diálogo y consenso», con el fin de alcanzar una solución que evite un recurso ante el Constitucional.

Igualmente, han recordado que «casi todas» las autonomías, «siguiendo la estela» de la ley gallega, recurrieron a «normas similares» con el objetivo de facilitar la aplicación de la nueva norma estatal y «garantizar la eficiente prestación de los servicios públicos» en el ámbito local.

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