Castro rechaza la petición de Hacienda de obtener un 3 por ciento de la venta de Pedralbes

Castro rechaza la petición de Hacienda de obtener un 3 por ciento de la venta de Pedralbes
El juez Castro EP

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha rechazado incluir como condición para la venta del palacete de Pedralbes, propiedad de los Duques de Palma, el cobro por parte de la Agencia Tributaria (AEAT) de un 3 por ciento de los fondos que el matrimonio vaya a obtener con la operación inmobiliaria, retención que Hacienda reclama por ser el comprador no residente de España.

Mediante un auto dictado este viernes, Castro asevera que la Abogacía del Estado, que ejerce la acusación particular en el CASO NÓOS en representación de la AEAT, ha dispuesto de «sobradas oportunidades, algunas de dudoso encaje procesal», para plantear la retención del 3 por ciento, sin que lo haya hecho hasta después de fijar el juez los condicionantes para la venta, «lo que hace que este Juzgado se vea abocado a denegar» la petición.

El magistrado recuerda que cuando el pasado 5 de febrero autorizó la venta del palacete -siempre que los Duques se comprometan a depositar en el Juzgado los 2,3 millones de euros que obtendrían por la mitad del inmueble embargada a IÑAKI URDANGARIN como garantía ante las responsabilidades económicas que puedan derivarse de la causa-, la Abogacía no interpuso ningún recurso para que su solicitud fuese incorporada como condicionante.

Es más, Castro señala que como entre las funciones del Juzgado «no está asesorar al matrimonio Urdangarin/Borbón sobre los cargos tributarios que devenguen sus transacciones, en dicha resolución no se hacía la menor alusión a la necesidad de acreditar la retención del 3 por ciento del dinero que se obtuviera con la transmisión del inmueble».

En concreto, la AEAT, mediante un escrito al que tuvo acceso Europa Press, se amparaba en la Ley del Impuesto sobre No Residentes, según la cual quienes transmiten bienes inmuebles situados en el país a «no residentes sin establecimiento permanente están obligados a retener e ingresar el porcentaje fijado legalmente del 3 por ciento sobre la contraprestación acordada».

LA AUDIENCIA DECIDIRÁ SOBRE LAS CONDICIONES

En cualquier caso, será la Audiencia Provincial de Baleares la que decida de forma definitiva sobre las condiciones de venta del palacete impuestas por Castro, después de que Urdangarin las haya recurrido en apelación. Y es que el marido de la Infanta Cristina reclama poder hacer frente a la deuda que mantiene con Hacienda -253.705 euros derivados del impago del IRPF de 2009- con el dinero que obtuviera de la operación inmobiliaria, cuyo precio está estipulado en 6,95 millones de euros, puesto que «carece» de otros bienes con los que poder abonar el importe.

El Duque insiste en que en el caso de que se le permitiera pagar a Hacienda con el dinero procedente de la venta, podría igualmente depositar en el Juzgado la suma de 2,1 millones de euros, en lugar de los 2,3 millones a los que debe hacer frente. La mitad de la vivienda le fue embargada a Urdangarin tras no haber hecho éste frente a la fianza civil de 8,2 millones de euros, posteriormente reducida a 6,1 millones, que a finales de 2013 le fue impuesta de forma conjunta con su exsocio DIEGO TORRES.

La defensa del acusado asevera que, «como no se le permite» saldar su deuda con el importe de la venta del palacete «porque no le autoriza el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez de Instrucción» -en alusión a Castro-, «se ve en la obligación procesal de insistir en ello».

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