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Aparcar en el carril bus y conducir negligentemente, los cambios más importantes

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Las 7 infracciones de tráfico que desde hoy no restan puntos

No se elimina la sanción económica

Alejandro Laso, 25 de noviembre de 2009 a las 08:41

Carril bus.

Carril bus.

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La mayor parte de la norma entrará en vigor dentro de seis meses, cuando se empezará a aplicar el descuento del 50% por pronto pago
Encuesta¿Cree que la nueva ley de tráfico tiene fines recaudatorios?

Aparcar en el carril bus y conducir sin el alumbrado cuando sea obligatorio dejarán de restar puntos del carné a partir de este miércoles, después de que un día antes se publicara en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Tráfico que aprobó el Congreso de los Diputados el pasado 29 de octubre.

Ambas forman parte del grupo de siete infracciones que el Congreso sacó de la lista de conductas que restan puntos del carné de conducir.

  • Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía.
  • Parar o estacionar en el carril bus.
  • Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo para la circulación o los peatones.
  • Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
  • Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor.
  • Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente.
  • Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores, salvo excepciones determinadas reglamentariamente.

Por otro lado, la nueva ley establece que al día siguiente de publicarse en el BOE entrarán en vigor las consecuencias positivas para los conductores de la norma, lo que implica que la DGT tendrá que archivar todos los expedientes de multas que hayan sido recurridos por alguna de las infracciones que dejan de restar puntos.

MÁS CAMBIOS EN MAYO

No obstante, la mayor parte de la norma entrará en vigor dentro de seis meses, cuando se empezará a aplicar el descuento del 50% por pronto pago o las nuevas sanciones, como la utilizar inhibidores de radar o manipular la matrícula para que no se vea, ambas multadas con 6 puntos y 6.000 euros. Como novedad, el infractor podrá pagar la sanción en el momento con trajeta de crédito.

Mientras, dentro de un año entrará en vigor los aspectos relacionados con la administración electrónica, como la posibilidad de recibir las notificaciones de multas por correo electrónico -obligatorio para las empresas y voluntario para las personas físicas- o el Tablón Edictal de Tráfico, la página web donde se publicarán las infracciones cometidas por los conductores, a diferencia de lo que ocurre ahora, que se publican en los boletines oficiales de la provincia donde se cometió la infracción.

CAMBIOS EN CATALUÑA

Especial implicación tendrá la nueva ley a partir del miércoles en Cataluña. Allí, en algunas autovías de circulación existen límites de 80 kilómetros por hora. Pues bien, la nueva ley establece que sólo se retirarán puntos a partir de los 130 kilómetros por hora, por lo que a partir de hoy los conductores que en estos tramos de autopistas superen los 80 kilómetros hora ya no perderán puntos. Igualmente, los expedientes en tramitación por esta sanción se archivarán.


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