Devuelve la causa a Canarias

El Tribunal Supremo rechaza investigar por violencia de género a López Aguilar

Arguye «déficit argumental» y que algunos de los hechos imputados por violencia de género ya fueron archivados

El Tribunal Supremo rechaza investigar por violencia de género a López Aguilar
Juan Fernando López Aguilar. PD

El Tribunal Supremo ha devuelto al juzgado de Violencia sobre la Mujer de Canarias la exposición razonada en la que éste pedía que se investigara al eurodiputado socialista Juan Fernando López Aguilar por supuestos malos tratos a su exmujer, debido a que algunos de los hechos imputados ya fueron archivados.

Como explica S.E. en ‘ABC‘, los cinco magistrados del Supremo que han examinado la exposición razonada consideran además que la segunda motivación que el juzgado arguye contra el extitular de Justicia sufre también de «déficit argumental», es decir, que si el juzgado quiere proponerla como indicio debe fundamentarla mejor.

Por ese motivo, acuerda que por el momento no puede abrir procedimiento penal contra el aforado.

Pese a que la Fiscalía sí que vio indicios de delito, para el alto tribunal resulta ineludible que la jueza instructora precise en su exposición razonada «qué hechos podrían dar lugar, si así lo considera acreditado, a la imputación del aforado y excluya aquellos otros sobre los que se proyecte la resolución de sobreseimiento libre acordada tras la denuncia inicial de don Gorka de la Nuez (su hijastro)».
Dos procedimientos

El Supremo, en su auto de este martes 5 de mayo de 2015, recuerda cómo la exposición razonada se basa en dos procedimientos. Respecto al primero de estos procedimientos, los magistrados señalan un error importante en la argumentación de la juez, y es que su «exposición razonada omite» que esta causa, abierta a partir de unas declaraciones del hijo de la exmujer del eurodiputado, fue archivada con una decisión que ya es firme.

A partir de este punto, el Supremo le devuelve el caso a la juez canaria para que «precise» qué hechos podrían dar lugar en su caso a la imputación de López Aguilar, excluyendo aquellos sobre los que ya se ha dictado el sobreseimiento libre.

La exposición razonada incluía además un segundo procedimiento, abierto a partir de una investigación policial destinada a esclarecer las causas de dos incendios domésticos ocurridos en el domicilio de la exmujer de López Aguilar.

Esta diligencia policial llevó a declaraciones judiciales de la exmujer apuntando los supuestos maltratos, denuncia que fue refrendada por otra declaración pero que, sin embargo, señalaba hechos afectados por el archivo ya citado.

Cronología

«El marco cronológico de las supuestas agresiones fluctúa entre episodios que sucedieron «antes de 2009», «ayer», «el día de Nochevieja», «sobre el año 2000», «hace más de seis años», «en noviembre del año pasado», y también que se desarrollaron «en Madrid … hace dos años», «en Madrid alguna vez», «este verano en el Sur» o «hace unos 7 años en la cama de Las Palmas, aunque no recuerda por qué», reseña el auto del Supremo.

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