GOLPE INDEPENDENTISTA EN CATALUÑA

La juez Carmen Lamela procesa por ‘sedición’ a Trapero y a la cúpula de los Mossos

El exmayor de los mossos también irá a juicio por organización criminal

La juez Carmen Lamela procesa por 'sedición' a Trapero y a la cúpula de los Mossos

La rebelión tiende a atacar el normal desenvolvimiento de las funciones primarias de legislar y gobernar, y la sedición tiende a atacar las secundarias de administrar y juzgar

Ha tardado lo suyo, pero ya está aquí, porque como dice un viejo y muy agropecuario refrán español ‘a todo cerdo le llega su San Martín‘.

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dictado un auto por el que da por concluido el sumario por delitos de sedición y organización criminal en el que están procesados Josep Lluis Trapero, la intendente Teresa Laplana, el exdirector de los Mossos Pere Soler y el exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig, y lo eleva a la Sección Primera de la Sala de lo Penal para su enjuiciamiento (‘Spiegel’ pregunta a los alemanes si entregarían a Puigdemont y el resultado es desolador para los españoles).

Trapero asegura que transmitió a Puigdemont que desde los Mossos no compartían el proyecto independentista.

En la resolución, la magistrada señala:

«Practicadas cuantas diligencias se han estimado necesarias para la comprobación del delito, participación que ha tenido el procesado y las circunstancias que en su comisión han concurrido y no hallándose indicada ninguna otra, es procedente concluir el presente sumario conforme determinan los artículos 622 y 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 recuerda en el auto que se encuentran pendientes de resolución en la Sección Segunda de la Sala de lo Penal los recursos presentados por Trapero, Laplana, Soler y Puig contra el auto de procesamiento.

El pasado mes de abril Lamela procesó a Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y por la jornada del 1 de octubre. La magistrada también procesó por organización criminal y un único delito de sedición, por el 1 de octubre, a Pere Soler y a César Puig.

La instructora procesó, además, a Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos del 20 y 21 de septiembre.

Obstrucción policial

El día del referéndum, la magistrada opina que la actuación de los procesados no sólo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial, sino que fue más allá:

«propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios, facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir la orden judicial, espiando y controlando sus acciones».

Para la magistrada, en los hechos investigados concurre, según Lamela, un «dolo específico», que es el de la «intención última por parte de los procesados de romper la organización territorial del Estado», en tanto que sus actos iban «encaminados a declarar la independencia de una parte del territorio nacional, violando la legalidad constitucional», por lo que, en este caso, «deben ser también considerados como delitos contra la forma de gobierno».

«La sedición es una rebelión de segundo grado», afirma la juez, para explicar después que según jurisprudencia del Supremo:

«la rebelión tiende a atacar el normal desenvolvimiento de las funciones primarias de legislar y gobernar, y la sedición tiende a atacar las secundarias de administrar y juzgar».

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