EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE BALEARES LA DEJA ADEMÁS SIN EL SUBSIDIO

El amargo trago de la vecina que debe devolver 17.000 euros del paro por cobrar un ‘sueldo Nescafé’

Ángela de Sande, de 65 años, percibe desde julio de 2008 una renta mensual de 1.520 euros brutos

Está que trina. En 2008 se llevó una de las mayores alegrías de su vida: le tocó un sueldo vitalicio de 1.520 euros brutos por parte de Nescafé, y ahora le han pasado una factura que le ha puesto de muy mal café: debe devolver al Estado 17.054 euros correspondientes a la ayuda que recibió erróneamente desde marzo de 2011 hasta 2014, cuando ya estaba percibiendo el premio.

Según da cuenta ‘La Vanguardia‘, se trata de Ángela de Sande, vecina de Palma de Mallorca de 65 años de edad, a quien el Tribunal Superior de Justicia de Baleares le obliga ahora al desembolso tras emitir sentencia.

Y es que, según el citado medio, poco antes de ganar el codiciado ‘sueldo Nescafé’, la mujer se quedó en paro. Durante 300 días estuvo cobrando así la prestación de desempleo que le correspondía y en julio de 2009 solicitó un subsidio especial para mayores de 52 años sin trabajo.

NO LO OCULTÓ

Ella en ningún momento ocultó que estaba percibiendo el premio vitalicio, ya que constaba en la documentación que entregó en la solicitud. La paga de 1.520 euros supera en un 75% el Salario Mínimo Interprofesional y eso imposibilitaba que pudiera acceder al subsidio reclamado. La administración pasó por alto el ‘sueldo Nescafé’ y aprobó concederle la ayuda.

Durante cinco años Ángela de Sande estuvo cobrando el subsidio para mayores de 52 años y el premio Nescafé hasta que en 2014 la Administración se dio cuenta del error, cuando la mujer entregó la declaración anual de la renta para seguir cobrando el subsidio. El Servicio de Empleo Estatal presentó una demanda para recuperar el dinero cobrado irregularmente y el Tribunal Superior le ha dado la razón.

Según la sentencia, el abogado de Ángela de Sande presentó un recurso de apelación en el que aceptaba devolver los tres últimos meses de las prestaciones percibidas y no de cuatro años como había solicitado la Entidad Gestora. La defensa alegaba la buena fe de su cliente, ya que ella no ocultó nunca sus ingresos reales. Pero esto no ha sido suficiente. El TSJB ha desestimado el recurso de suplicación y da la razón al juzgado de lo Social de Palma, que ya resolvió que deberá devolver los 17.054 euros.

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