La sentencia anula "por ser contrarias a Derecho" tanto la resolución de la Junta de Gobierno municipal de junio de 2012 para conceder la licencia provisional a la capilla como el acuerdo de la Junta de Gobierno
El juzgado de lo contencioso-administrativo número 23 de Madrid ha anulado varios acuerdos del Ayuntamiento de El Escorial que permitieron el enterramiento en 2012 de la supuesta vidente Amparo Cuevas en una capilla provisional en Prado Nuevo.
La sentencia anula «por ser contrarias a Derecho» tanto la resolución de la Junta de Gobierno municipal de junio de 2012 para conceder la licencia provisional a la capilla como el acuerdo de la Junta de Gobierno de julio de 2013 que autorizó la prórroga de esa instalación provisional.
Un grupo de partidos y colectivos presentaron en 2013 un recurso judicial contra la concesión de la licencia a la citada instalación religiosa al entender que no cumplía la normativa al tratarse de terrenos no urbanizables de especial protección e implicar un daño medioambiental irreparable.
Amparo Cuevas, supuesta vidente que aseguró que se le había aparecido la Virgen en Prado Nuevo hace más de treinta años, murió el 18 de agosto de 2012.
El funeral por el fallecimiento tuvo lugar, dos días después, en una capilla construida en Prado Nuevo, un recinto inaugurado ese mismo día.
El cardenal y arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco Varela, aprobó en abril de ese mismo año la construcción de una capilla en Prado Nuevo y en junio el Ayuntamiento de El Escorial autorizó la edificación, de forma «provisional», según explicó entonces el consistorio.
(RD/Agencias)