El acto produjo temor, nerviosismo y afectación a los feligreses, sin que se produjera alguna agresión o maltrato físico
La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a un año de cárcel a cinco activistas que el 9 de febrero de 2014 interrumpieron una misa en una iglesia de Palma con proclamas a favor del aborto, mientras que ha absuelto al sexto acusado por estos hechos tras considerar probado que no participó en la protesta.
El tribunal de la Sección Segunda les considera autores de un delito contra la libertad religiosa. En concreto, tanto la Fiscalía como el Obispado de Mallorca, personado como acusación particular, solicitaban un año y medio de prisión para los encausados.
La sentencia considera probado que en febrero de 2014 un grupo de treinta personas, entre los que estaban los acusados, penetraron en la iglesia de Sant Miquel de Palma a sabiendas de que se estaba celebrando la misa de domingo. Avanzaron el tropel por el pasillo, gritando y desplegando una pancarta. Este acto produjo temor, nerviosismo y afectación al personal de la iglesia y a los feligreses, sin que se produjera por parte de persona alguna agresión, acometimiento o maltrato físico, según los hechos probados de la resolución judicial.
Durante su declaración en el juicio celebrado a finales de septiembre, los acusados aseguraron ante el tribunal que no sabían que se estaba celebrando ningún acto religioso en el edificio y que «en ningún caso» querían lesionar el derecho a la libertad de culto de ninguno de los allí presentes. Por su parte, el sacerdote que oficiaba la eucaristía llegó a subrayar que las personas que irrumpieron en el templo «son ciudadanos, hijos de Dios», y «sus razones tenían» para actuar así. El religioso aseguró que hubo un «forcejeo lógico» pero ningún tipo de violencia.
La defensa estudia recurrir ante el TS: «Los hechos no son motivo de condena»
La defensa de los cinco activistas condenados a un año de cárcel está estudiando recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo al aseverar que la acción que llevaron a cabo los acusados «no es motivo de condena».
En declaraciones a Europa Press, el letrado de los encausados, Josep de Luis, ha aseverado que había motivos «más que suficientes» para que sus patrocinados fuesen absueltos.
Tras considerar que la sentencia no puede calificarse de «éxito», el abogado ha subrayado que el hecho de que inicialmente el Obispado de Mallorca, personado como acusación particular, solicitase inicialmente cuatro años de cárcel para los inculpados, posteriormente un año y medio y ahora hayan sido condenados a uno, puede considerarse una «victoria amarga». (RD/Agencias)