El primer obispo sentenciado a pagar 3.750 euros a un sacerdote

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Monseñor Martínez, condenado

PD/EFE, Lunes, 10 de diciembre 2007

El arzobispo de Granada, Francisco Javier Martínez, ha sido condenado por sentencia del Juzgado de lo Penal 5 de Granada al pago de una multa de 3.750 euros por un delito de coacciones y una falta de injurias contra un sacerdote que lo denunció.

Según ha informado el letrado de la acusación, el delito de coacciones se refiere a la intimidación que ejerció contra el sacerdote Javier Martínez Medina, para que paralizara la publicación de un libro sobre la Catedral de Granada.

Por este delito el titular del Juzgado de lo Penal 5 de Granada, Miguel Ángel Torres -instructor del 'caso Malaya'-, condena al arzobispo al pago de una multa de 10 euros durante 12 meses, mientras que por la falta de injurias le impone una multa de 10 euros durante 15 días.

En el juicio, el arzobispo defendió su libertad de actuación como responsable de la Diócesis y afirmó que se siente "víctima de un acoso mediático". En la misma sesión, el juez Torres tuvo que llamar la atención dos veces al prelado y le pidió que no fuera "tan brusco" en sus respuestas.

El prelado, que se convirtió en el primer arzobispo español en sentarse en el banquillo de los acusados, negó ante el juez haber amenazado o presionado al clérigo, cuya destitución como canónigo, retirada de la Cátedra de la Facultad de Teología y suspensión 'ad divinis' justificó en una 'pérdida de confianza'.

El cura denunciante se querelló contra el arzobispo después de que en febrero del año pasado acabara sin avenencia el acto de conciliación en el que estaba llamado a participar el prelado tras ser demandado por aquél por injurias y calumnias.

El sacerdote sostenía que el arzobispo le había injuriado y calumniado en una carta en la que le acusaba de una apropiación indebida relacionada con su trabajo de archivero y de quedarse con los derechos de propiedad intelectual de un libro sobre la Catedral de Granada, cuyos autores demandaron también al prelado.

El juez reconoce en su sentencia que fue el enfrentamiento con CajaSur del actual arzobispo y la vinculación que el denunciante tenía con la entidad el origen de esta causa, peculiar e inusual, según detalla el propio magistrado, que trata de valorar, en suma, si la aplicación del derecho canónico efectuada por el arzobispo vulnera o no gravemente los derechos constitucionales del querellante y reviste entidad delictiva.

La condena se produce porque entiende el juez que se obliga al sacerdote a paralizar a la fuerza un libro sobre la Catedral -encargado por el anterior arzobispo, Antonio Cañizares, que sería financiado por CajaSur y coordinado por Martínez Medina- para conservar su puesto. Esta presión fue acompañada de la suspensión de sueldo, un medio coercitivo más sobre su persona para quebrantar su voluntad.

Asimismo, se condena al arzobispo por una falta de injurias por las expresiones proferidas sobre la supuesta apropiación indebida por parte del denunciante de bienes del archivo o la catedral, que no han quedado acreditados, porque eran innecesarias y excesivas, según la sentencia, ya que no existe el menor elemento que permita pensar que Martínez Medina se apropió de algo que no fuera suyo.

Absuelto de otros delitos

Del resto de delitos queda absuelto y la mayor parte de los ataques contra Martínez Medina, con arreglo a las potestades del arzobispo, son legítimas, según Miguel Ángel Torres, ya que está perfectamente capacitado el arzobispo para cesarle de sus cargos y retirarle el uso de dependencias catedralicias como así hizo.

Incluso, destaca el juez, puede removerlo de canónigo, si bien es cierto que no presionarlo suspendiéndolo, como hizo, delito autónomo por el que ha sido condenado. Descarta el juez las lesiones psicológicas y también el delito contra la integridad moral ya que del conjunto de conductas analizadas sólo una tiene entidad delictiva.

Asimismo, considera probado el juez que el arzobispo mantuvo un enfrentamiento siendo obispo de Córdoba con la entidad CajaSur, que sin embargo, mantenía unas excelentes relaciones con el anterior arzobispo de Granada, Antonio Cañizares, en virtud de la cual se encargaron varios proyectos.

Dos de estos fueron el Museo de la Catedral y un libro sobre la misma que fue encargado para que lo coordinara al denunciante, que simbolizaba en Granada tanto a CajaSur como a Antonio Cañizares, a la llegada del actual arzobispo a Granada , que desde el inicio intentó romper toda relación con la entidad, poniendo fin a la colaboración y malogrando los proyectos en curso.

De hecho fue antes de tomar posesión cuando ya prohibió el arzobispo a Martínez Medina la presentación y publicación de una revista de Semana Santa de CajaSur que se iba a presentar al día siguiente como homenaje a Cañizares.

"Falta de sintonía"

Al poco de su llegada, en octubre de 2003, por su falta de sintonía con la línea de Martínez Medina y su relación con CajaSur le ordenó por teléfono que abandonase los oficios estable y temporal de archivero y conservador del Patrimonio, en lo que volvió a insistir antes de la misa de Navidad.

Lo hizo por escrito en enero de 2004 en un decreto que exponía debido a tus vínculos con CajaSur y al conjunto de circunstancias que concurren donde le pedía que cesara de sus responsabilidades, así como que entregase todo aquello que tuviera bajo su custodia sean bienes de la Catedral o de la Diócesis.

Tres días después procede el deán de la Catedral a cambiar la cerradura del archivo y de una habitación anexa que había sido cedida por Cañizares a Martínez Medina, a raíz de la celebración de la exposición de 'Jesucristo y el Emperador Cristiano' que se había realizado años atrás.

Rectificó en otro decreto el arzobispo en el que ponía que no era por su vinculación con CajaSur el cese, sino por el bien de la Iglesia. En cualquier caso, el querellante acudió días después a recoger sus cosas con normalidad y presentó recurso administrativo ante la Congregación del Clero contra los decretos referidos.

Renuncia de oficios

En junio se alcanzó un acuerdo en el que Martínez Medina renunciaba a sus oficios y el arzobispo se comprometía a prologar el libro sobre la Catedral que se encontraba prácticamente en la imprenta. Con ese motivo, el denunciante le escribió en agosto una carta al arzobispo para que prologase el libro.
Puesto que la intención de Martínez Fernández era frustrar el proyecto, le llamó y el dijo que era el único dueño de la Catedral y que si no detenía la publicación del libro pagaría sus consecuencias y que con látigo le enseñaría a obedecerle. Además, de acusarle de ser un mal sacerdote.

Por obediencia se retiró como coordinador de la obra aunque consideró injusta su decisión y le explicó que del resto de autores él no podía entregarle los textos porque estos se negaban. Se lo tomó el arzobispo como una cuestión personal por lo que empezó a presionar a Martínez Medina para que consiguiese que no se publicase el libro, algo que también intenta con viajes a Córdoba.

El arzobispo le pide a Castillejo que lo paralice y suspende a Martínez Medina de capitular en lugar de la remoción para tratar de presionar al denunciante de modo que si quería volver a su cargo, consta en la sentencia, tenía que impedir la publicación del libro. Esta medida de presión iba acompañada de la suspensión del sueldo del sacerdote, que fue excusada como error administrativo por el acusado.

La suspensión, manifiesta el magistrado, es un medio coercitivo para que el afectado cumpla la voluntad injusta del arzobispo y en caso contrario se convertiría en remoción. Le ofrece la paz y la vuelta a su cargo con normalidad si entrega los textos de los autores, paraliza el libro y pacifica a los autores de modo que no se dirijan al Cabildo ni reclamen al Arzobispado para evitar así problemas posteriores.