El 3 de julio de 2013 el Boletín Oficial de las Cortes Generales ha publicado el Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Su origen lo encontramos en el Programa Nacional de Reformas donde ya se anunciaba la aprobación de la futura «Ley de Apoyo al Emprendedor y su internacionalización», con el objetivo de alcanzar un entorno empresarial más favorable, fomentando y facilitando la creación de empresas.
El Capítulo II del Proyecto publicado («Medidas para impulsar la contratación pública con emprendedores») incluye medidas para eliminar obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública, de forma que ésta pueda actuar como una auténtica palanca a la expansión y consolidación de empresas.
¿Cuáles son estas medidas?
– Uniones de empresarios.
- En primer lugar, para poner en contacto a pequeños emprendedores que se dediquen a una misma actividad, se prevé la posibilidad de que los empresarios puedan darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
- El objetivo de esta medidas es fomentar la creación de uniones de empresarios con el fin de que en conjunto alcancen las condiciones que se les exigen en los pliegos de contratación.
– Elevación de umbrales para la exigencia de clasificación.
En segundo lugar, se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios.
- La elevada cuantía y la complicación de los trámites para la obtención de la clasificación, viene siendo una traba para muchas empresas, especialmente para aquellas de menor tamaño o de nueva creación, ya que no logran cumplir con todos los requisitos exigidos para obtener la correspondiente clasificación.
- En particular, en los contratos de obras el umbral se eleva en 150.000 euros, pasando de 350.000 euros a los 500.000 euros, y en 80.000 euros para los contratos de servicios, pasando de 120.000 a 200.000 euros.
– Garantías para la contratación pública.
- En tercer lugar, se prevé que la garantía en los contratos de obra pueda constituirse mediante retención en el precio y se acortan los plazos para la devolución de garantías, pasando de doce meses a seis meses en caso de que la empresa adjudicataria sea una pequeña y mediana empresa.
– Prohibición de discriminación a favor de contratistas previos en los procedimientos de contratación pública.
- En cuarto lugar, se incluye la prohibición de discriminar a favor de contratistas previos en los procedimientos de contratación pública y se declaran nulos de pleno derecho los actos y disposiciones que otorguen estas ventajas.
– Reducción de las cargas administrativas.
- Para reducir las cargas administrativas que tienen que soportar las empresas en los procedimientos de contratación administrativa, se prevé que los licitadores puedan aportar una declaración responsable indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración.
- Así, solo el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá presentar toda la documentación que acredite que cumple las mencionadas condiciones.
– Reducción del plazo de demora en el pago para que el contratista pueda optar a la resolución contractual.
- Por último, con el fin de luchar contra la morosidad, se reduce de 8 a 6 meses el plazo de demora para solicitar la resolución del contrato en caso de que la empresa adjudicataria sea una PYME.
- Se incluye igualmente un nuevo artículo para permitir un mayor control por parte de las Administraciones Públicas de los pagos que los contratistas adjudicatarios deben hacer a los subcontratistas.
¿Son suficientes estas medidas?.
Si queremos realmente fomentar la participación de las PYMES en las compras públicas, son muchas mas las medidas que deben adoptarse para la simplificación de un proceso realmente tortuoso.
Por algo hay que empezar, por lo que los profesionales del sector esperamos con ansias las apreciadas reformas de los procesos de selección de los proveedores.
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NOTA.- Sara Castelo Ruano es abogado, socia fundadora de Tesera de Hospitalidad, una consultora independiente, con sede en Madrid, pionera en ofrecer asesoramiento legal, auditorías de procesos, formación y servicios de colaboración a los departamentos de licitaciones tanto de los órganos de la Administración Pública Sanitaria como de sus proveedores.