«La Constitución es muy precisa y muy concisa sobre el derecho de huelga y dice que los trabajadores tienen que respetar los servicios mínimos»«Hora 25». Cadena SER, 22-07-2010
Angels Barceló se había ido de vacaciones y le cedió los tratos a Raquel García, quien ese día tenía como invitados en la tertulia a Emilio Contreras, Fernando Vallespín, María Esperanza Sánchez y Suso del Toro.
La moderadora sacó a colación las enmiendas a la reforma del mercado laboral que está preparando el PP y que, según ella, alguna trata de limitar drásticamente el derecho de huelga.
María Esperanza Sánchez descalificó la actitud de los populares y aseguró:
Parece que la sevillana no recordaba con exactitud el contenido de la Carta Magna.
En el párrafo segundo del artículo 28 se puede leer lo siguiente:
«Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad».
Tampoco es cierto como dijo Sánchez que no existiera derecho de huelga antes de 1978. Las reformas políticas introducidas por Suárez a partir de 1976 reconocían los derechos fundamentales. De hecho, como recordó Emilio Contreras, el elevado número de huelgas registrado en 1977 fue una de las causas de los admirados Pactos de La Moncloa.