Las empresas que aleguen pérdidas previstas deberán precisar volumen y duración del ERE
Las empresas que aleguen pérdidas previstas cuando vayan a presentar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) tendrán que presentar un informe sobre los datos en que se basa la previsión de pérdidas y los criterios utilizados para su cuantificación y deberán acreditar "el volumen y el carácter permanente o transitorio de las pérdidas