El juez considera que el menor es autor de un delito de asesinato de los artículos 139.1 del Código Penal al entender que queda acreditada la alevosía y de un delito de robo con violencia de los artículos 237 y 242 del Código Penal.
La prueba decisiva que se ha valorado es la grabación de las cámaras de seguridad del centro comercial, donde se aprecia, indica el juzgador, «la acción ejecutada por el menor, un intento de asfixia que se prolonga por una tiempo de aproximadamente dos minutos, en los cuales bloquea a la víctima con brazos y piernas, impidiendo todo movimiento defensivo, a lo cual sigue una bacanal de golpes y patadas sobre la víctima, conducta que no cesa por voluntad propia, antes bien, al percatarse de la presencia de un Vigilante de Seguridad».
El crimen de Vallsur, en el que un joven de 15 años acabó a golpes con la vida de Francisco Javier U.P. (conocido por el apodo de ‘la Eli’), vuelve a poner sobre la mesa las peculiaridades penales a las que se enfrentan estos adolescentes que delinquen al ser enjuiciados.