Objeción e Insumisión frente a EpC

PD.- Una movilización social sin precedentes está teniendo lugar en las aulas españolas. Padres, profesores y alumnos objetores, sentencias y resoluciones judiciales, estudiantes en huelga y la campaña «Aulas Vacías: Pírate la Ciudadanía», son algunas de las reacciones frente a la Educación para la Ciudadanía de Marchesi, Marina y Peces Barba.
Antonio y Manuela se muestran exultantes por la sentencia que reconoce su derecho a objetar a EpC y critican duramente la asignatura «porque intenta poseer la conciencia moral de nuestros hijos».

Se suceden las sentencias favorables a la Objeción a EpC y crece exponencialmente el porcentaje de personas que optan por impugnar la reaccionaria y anacrónica asignatura al amparo de la Constitución, pese a la persecución a los objetores decretada desde las instituciones y algunos sindicatos.
Antonio y Manuela se muestran exultantes por la sentencia que reconoce su derecho a objetar a EpC y critican duramente la asignatura «porque intenta poseer la conciencia moral de nuestros hijos».

Su primer paso fue presentar la objeción de conciencia en el colegio concertado de San Viator al que acuden sus hijos. Ante el rechazo de su petición, acudieron al servicio provincial y al departamento autonómico de Educación que también denegaron sus respectivas peticiones.
«Al decirnos que no teníamos derecho a objetar, decidimos ir a la vía de lo contencioso y antes de empezar el curso nos concedieron medidas cautelares para que nuestros hijos no asistieran a esta asignatura, aunque a ninguno de ellos le tocaba cursarla este año», explicaron. La sentencia afirma que esta circunstancia «no es motivo para desestimar el recurso ya que los hijos de los recurrentes se verán obligados a cursarla y precisamente es esa obligación la que genera una lesión de las convicciones morales de los progenitores».

La sentencia, que desgrana los contenidos curriculares del conjunto de Educación para la Ciudadanía, reflejados en los reales decretos estatales y en la legislación autonómica aragonesa, concluye que «estamos en presencia de contenidos y objetivos que se refieren a la formación moral y son ajenos a la decisión de los padres respecto a las convicciones morales y religiosas en las que desean formar a sus hijos». Los contenidos de las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía «son contrarios al derecho fundamental que les asiste (a los padres) conforme a los artículos 27.3 y 16.1 y 2 de la Constitución Española».

Ahora que el juzgado ha resuelto a su favor, agradecen «que haya personas en la Judicatura que protejan los derechos de los padres que están contemplados en la Constitución, porque solo queremos defender a nuestros hijos. Los contenidos de esta asignatura intentan poseer la conciencia moral de nuestros propios hijos quitándonos algo que es propio de ellos primero y luego de nosotros como padres»

El mismo juez oscense ya había dictado el pasado mes de junio un auto en el que suspendía cautelarmente la obligación de tres niños de asistir a las clases de dicha asignatura, pese a que ninguno de los tres había alcanzado Tercero de ESO, el curso en que se imparte la materia, por lo que tampoco tenían ninguna obligación de asistencia.
En línea con la sentencia de ahora, el magistrado ya consideraba en su auto que «la asistencia a clase de los hijos de los recurrentes provocaría una educación o adoctrinamiento en unos valores que no son los compartidos por sus progenitores«.

Saben que su lucha no ha acabado ni mucho menos ya que la DGA ha anunciado su intención de recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón pero dejan claro que «por nuestros hijos llegaremos hasta donde haga falta ya sea Zaragoza, Madrid o Estrasburgo porque cuando empiezas algo por convicción, hay que seguir hasta donde sea».

Antonio y Manuela esperan que otros padres sigan sus pasos. «Algunos tienen miedo porque escuchan amenazas de que sus hijos van a suspender, pero creemos que es más importante actuar a que les eduquemos mal moralmente y sin norte». Y que además lo hagan antes de que sus hijos tengan que cursar la asignatura «porque los trámites cuestan mucho y si no se hacen a tiempo, no podrán objetar y tendrán que entrar en clase aunque no les guste».

Asímismo, el fallo se apoya en jurisprudencia española en materia de objeción de conciencia con sentencias del Tribunal Constitucional, así como en otras resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que reconocen expresamente el derecho de los padres a objetar a asignaturas obligatorias que dañen sus convicciones religiosas y filosóficas.
La Consejería de Educación del Gobierno aragonés anunció ayer que la sentencia será recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y recordó que Educación para la Ciudadanía «es una asignatura regulada por ley».

Por su parte, los fallos judiciales dictados en diferentes Comunidades Autónomas suspenden la obligatoriedad de que los alumnos cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía) y ordenan a la Administración a adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía recordándoles la «obligación de prestar la debida atención a todos los alumnos durante el horario escolar, máxime si son menores de edad».

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído