Y se castigue con hasta 4 años de cárcel

El PP quiere que agredir a un profesor o un médico se considere atentado

Serán "castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad"

El PP quiere que agredir a un profesor o un médico se considere atentado
Montserrat Gomendio y Wert Captura

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha presentado una enmienda al Proyecto de Ley de reforma del Código Penal para que los profesores y los médicos sean incluidos como sujetos del delito de atentado contra la autoridad, de modo que quien agreda a uno de estos profesionales mientras desempeña sus funciones, se enfrente a una condena de entre uno y cuatro años de prisión.

Se trata de una propuesta de modificación del artículo 550 del Código Penal, según el cual «son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas».

El PP añade un párrafo a este precepto para fijar que «en todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas».

En estos casos, el proyecto, aprobado en primera vuelta en el Congreso de los Diputados, prevé que estos atentados serán «castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos».

También recoge que «si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses».

LOS GENOCIDAS, INHABILITADOS PARA LA DOCENCIA

Sobre los docentes, el Grupo Popular ha introducido otra enmienda, esta vez al artículo 607, para que «los que, con propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad de sus integrantes» cometieran una serie de delitos, tuvieran «inhabilitación especial» para ejercer el oficio educativo.

Para las personas que en este contexto maten, perpetren abusos sexuales o generen determinadas lesiones se contempla pena de prisión permanente revisable. Si llevaran a cabo desplazamientos forzosos o sometieran al grupo o a cualquiera de sus individuos a condiciones de existencia que pongan en peligro su vida o perturben gravemente su salud, afrontarían de ocho a quince años de prisión.

    «En todos los casos se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y cinco años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito y a las circunstancias que concurran en el delincuente», añade a estos supuestos el Grupo Popular en el Senado.

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