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Entre las principales disposiciones de la nueva Ley de Bienestar Animal se encuentra el aumento de las penas por maltrato animal. El abandono de animales podría resultar en multas que oscilan entre 500 y 10,000 euros, con posibles incrementos en función de las circunstancias. Los casos considerados «graves» podrían recibir sanciones de 10,001 a 50,000 euros, mientras que los «muy graves» podrían ser castigados con multas de 50,001 a 200,000 euros.
Además de estas medidas punitivas, la ley establece la creación de una Estadística Nacional de Bienestar Animal para recopilar datos oficiales sobre abandonos, adopciones y maltrato animal. También se enfoca en regular el cuidado de los animales de compañía, que en España suman aproximadamente 29 millones de mascotas en hogares diversos.
Algunos aspectos destacados incluyen la esterilización obligatoria de mascotas que no vivan en interiores, la identificación de animales de compañía permitidos, la supervisión continua de las mascotas, y la prohibición de la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de mascotas.
La ley también regula la cría de animales, restringiéndola a criadores registrados y profesionales, y promueve la vacunación obligatoria para proteger a las mascotas contra enfermedades.
Una medida controvertida exige que todas las personas que deseen tener un perro realicen un curso previo, mientras que aquellos que ya son dueños de perros tendrán dos años para completarlo.
Asimismo, la ley elimina la lista de razas de perros peligrosos y la reemplaza con una evaluación de sociabilidad para perros de gran tamaño, prohíbe dejar a los animales solos durante más de 24 horas y establece la inscripción en el Registro de Criadores de Animales de Compañía como requisito para aquellos que deseen criar cachorros, bajo pena de sanciones económicas de 500 a 1,000 euros.
La ley también prohíbe el uso de animales salvajes en espectáculos públicos, como circos, y transforma los delfinarios y zoológicos en centros de recuperación animal, alineándose con decisiones previas tomadas por algunas ciudades españolas en este sentido. Esta legislación representa un paso significativo hacia la protección y el bienestar de los animales en España.

SI TIENES GATOS TEN ENCUENTA QUE:
En contraste con las regulaciones para los dueños de perros, la reciente Ley de Bienestar Animal, establece requisitos diferentes para los propietarios de gatos.
Esta ley no obliga a los dueños de gatos a realizar un curso de tenencia responsable ni a contratar un seguro de responsabilidad civil. Sin embargo, introduce la obligación de esterilizar a los gatos antes de que alcancen los seis meses de edad.
Esta legislación trae consigo cambios significativos. Las tiendas de mascotas ya no podrán vender perros, gatos y hurones, por lo que aquellos interesados en adquirir un gato deberán recurrir a un criador registrado, considerar la adopción a través de refugios de animales o aceptar la cesión gratuita de un particular, lo cual debe ir acompañado de un documento que especifique las condiciones.
Además de los requisitos de certificación de vacunación y microchip, los propietarios de gatos deben registrar a sus mascotas en el registro de animales de compañía de su comunidad autónoma correspondiente. No cumplir con estas regulaciones de identificación se considera una infracción grave y puede resultar en multas que oscilan entre 10,000 y 50,000 euros.
La Ley de Bienestar Animal clasifica a los gatos en tres categorías según su estilo de vida: gatos domésticos, gatos merodeadores y gatos comunitarios.
Los gatos domésticos viven en entornos humanos, generalmente en hogares, mientras que los gatos merodeadores deambulan libremente fuera de sus hogares sin supervisión. Por último, los gatos comunitarios viven en libertad, asociados a un territorio específico y, debido a su escaso contacto con humanos, no pueden ser fácilmente mantenidos por personas, aunque dependen de interacciones humanas para sobrevivir.
En cuanto a la esterilización de gatos, la ley establece que los gatos deben ser esterilizados quirúrgicamente antes de los seis meses de edad, a menos que sean gatos registrados como reproductores y pertenezcan a un criador registrado en el Registro de Criadores de animales de compañía.
La ley también prohíbe dejar a un gato (o cualquier mascota) sin supervisión por más de tres días seguidos y prohíbe mantener a los animales regularmente en lugares inadecuados, como terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos y patios, entre otros.
Además, la ley establece que los propietarios deben integrar a sus gatos en el núcleo familiar y tomar medidas para evitar que causen molestias, peligros, amenazas o daños a personas, otros animales o propiedades. También prohíbe el uso de animales de compañía para consumo humano.
La eutanasia de un gato solo está permitida bajo tres circunstancias específicas: para aliviar su sufrimiento, por razones de seguridad para las personas o animales, o si representa una amenaza justificada para la salud pública. No se permite la eutanasia por motivos económicos, edad avanzada o problemas de comportamiento corregibles.
En caso de fallecimiento de un gato, es obligatorio notificarlo en el registro correspondiente y proporcionar documentación sobre su disposición final, ya sea mediante incineración o entierro a cargo de una empresa autorizada.
La ley también enfatiza la protección de las colonias felinas comunitarias y exige que se respete su integridad, seguridad y calidad de vida. Los dueños de perros deben tomar medidas para evitar que sus mascotas alteren a los gatos comunitarios.
La eliminación o desplazamiento no autorizado de estas colonias se considera una infracción grave, con multas que van de 10,000 a 50,000 euros, y causar la muerte de un gato comunitario se considera una infracción muy grave, con multas de 50,000 a 200,000 euros.
Los ayuntamientos también deben implementar medidas para controlar la población de gatos comunitarios, que incluyen censos, esterilización, desparasitación, vacunación e identificación obligatoria mediante microchip, además de protocolos para gestionar conflictos vecinales.
