Negligencias en la sanidad catalana

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 3.000 euros a una paciente del Hospital Germans Trias i Pujol de Badalona (Barcelona), conocido como Can Ruti, que sufrió vómitos y malestar psíquico después de tragarse un esparadrapo tomando un café con leche, mientras permanecía ingresada.

El Alto Tribunal catalán ha estimado parcialmente el recurso presentado por la afectada, Mónica A.R., que reclamó 36.438 euros por los perjuicios que le provocó el incidente.

La mujer afirma que padece estrés postraumático crónico debido a la ingestión del esparadrapo, que se produjo el 7 de agosto de 2002. El TSJC:

«No tiene duda de que la ingestión del esparadrapo provocó vómitos y malestar psíquico a la demandante».

No obstante, el Alto Tribunal catalán no acepta:

«La relación posterior que esa ingestión provocó en el ánimo».

Por todo ello, el TSJC ha decidido finalmente que la indemnización que Mónica A.R. debe recibir sea de 3.000 euros, cantidad de la que debe responder el ICS con los intereses legales correspondientes desde que la afectada interpuso la reclamación.

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