El Colegio de Médicos de Barcelona avala que hagan abortos facultativos que no sean ginecólogos

(PD/EFE).- Las clínicas que practican abortos deben tener ginecólogos en su plantilla por una cuestión administrativa, pero en las intervenciones basta con que el facultativo tenga la titulación de médico, según el Colegio de Médicos de Barcelona (COMB).

Esta es la respuesta de la institución a la solicitud que hizo la juez que instruye el caso de las clínicas de Carlos Morín sobre cuáles son los requisitos para la práctica de interrupciones voluntarias de embarazos y que consta en el extenso sumario de la trama, al que ha tenido acceso Efe.

El juzgado de instrucción número 33 de Barcelona investiga a cinco centros de la capital catalana que gestionaba el doctor Morín por practicar abortos que presuntamente no cumplían con la ley, y por otros delitos como asociación ilícita y falsificación de documentos.

Esa trama, dedicada supuestamente a la práctica de abortos ilegales, en especial en mujeres en avanzado estado de gestación, fue descubierta a raíz de un reportaje de la televisión danesa y se investigó en España tras una querella presentada por la asociación ultracatólica E-cristians, dirigida por el ex conseller de CiU Josep Miró Ardevol.

En la misiva del COMB, que data del 14 de diciembre, se subraya que, según un decreto de 1986, se requiere para la acreditación de centros que quieran practicar abortos la necesidad de contar con médicos especialistas en obstetricia y ginecología, sobre todo para ‘la práctica de interrupciones de embarazo de más de doce semanas o con alto riesgo para la mujer’.

Pero esa exigencia es únicamente de carácter administrativo e impera ‘a los efectos estrictamente de autorización de funcionamiento y acreditación de centros’.

Por ello, el Colegio considera que el incumplimiento de esa exigencia reglamentaria ‘constituiría, en todo caso, una infracción administrativa, pero sin relevancia profesional o deontológica, ni tan siquiera penal’, de acuerdo con el ‘actual y sostenido criterio jurisprudencial’.

En ese sentido, se remite al Tribunal Constitucional y del Supremo que, según el COMB, han reiterado que ‘la única profesión colegiada es la de doctor, y no la de especialista, y que la falta de titulación de médico especialista en el desarrollo de la actividad no constituye un ilícito penal’.

El profesional que cuente con el título académico de medicina puede realizar, ‘desde el punto de vista profesional y deontológico, los actos propios de la profesión médica, sean o no atribuidos a una especialidad’, sostiene el Colegio.

Una de las presuntas irregularidades detectadas en esta trama es que ni el doctor Carlos Morín ni otros facultativos de los centros que intervenían en los abortos disponían de títulos de ginecología o de anestesista homologados en España.

Por ello, en muchos casos se falsificaban las hojas de quirófano para que constara el nombre de otro profesional que sí disponía del título, según consta en los informes policiales del sumario.

Existen otras irregularidades con relación a la titulación del personal sanitario que aparece en las diligencias, como el caso de una mujer que fue contratada como señora de la limpieza y que, no obstante, ejercía como instrumentista de quirófano sin disponer de ninguna titulación oficial de medicina o enfermería.

Asimismo, en las clínicas TCB y Ginemedex del grupo del doctor Morín estaba contratada otra mujer de la limpieza que se encargaba de esterilizar el material de quirófano sin poseer la titulación de enfermera, necesaria para esa tarea.

El pasado diciembre, el COMB abrió un expediente informativo en relación con el reportaje emitido por una televisión danesa que destapó el caso y propició la denuncia del colectivo e-Cristians, aunque, según explicó entonces la entidad en un comunicado de prensa, en esa investigación no se halló ninguna infracción del código deontológico.

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