Sanidad le pagará 500 € por extraviar su dentadura

(PD).- La Conselleria de Sanidad valenciana deberá indemnizar con 500 euros a una anciana ingresada en un hospital a la que le desapareció la dentadura postiza que estaba depositada en la mesita de al lado de la cama al ser trasladada de habitación, según fija una resolución del Consell Jurídic Consultiu (CJC).

La desaparición de la prótesis dentaria supuso que la paciente, de 88 años, no pudiera masticar elementos sólidos, por lo que reclamó el importe de una nueva dentadura.

Sin dentadura

Según establece el dictamen, la anciana, que vivía sola, con ayuda social y en cuyo cuidado colaboraba una vecina, ingresó en un hospital, donde se le proporcionó una cajita para guardar su dentadura, y días después fue trasladada a otra planta, sin tener acompañante, mientras que una auxiliar le preparó sus pertenencias.

Cuando la paciente llegó a la habitación no llevaba la dentadura, y la vecina acudió posteriormente a preguntar por la prótesis en varias ocasiones, pero preguntado a todo el personal de la sala, incluida la mujer de la limpieza, nadie sabía nada.

Objetos perdidos

El CJC señala que constituiría una interpretación «desmesurada del instituto de la responsabilidad de mantener, sin más, que cualquier objeto robado, hurtado o perdido en locales dependientes de las Administraciones públicas deba dar lugar, necesaria e irremediablemente, a la reparación por parte de la Administración titular de aquellos».

La resolución añade que la desaparición de objetos, normalmente, sólo dará lugar a la eventual declaración de responsabilidad de la Administración cuando haya mediado un incumplimiento de sus deberes de vigilancia o custodia. También afirma que la relación de causalidad con la prestación del servicio público ha de tener su origen en la omisión del citado deber de vigilancia o custodia por los responsables del recinto.

Servicio público

No obstante, apunta que de las circunstancias concurrentes en estos hechos -como son la edad de 88 años de la reclamante, y que durante el traslado de planta no la acompañaba ningún familiar o particular, subiendo con el celador-, procede la declaración de responsabilidad patrimonial de la Generalitat, por existir relación de causalidad con el funcionamiento del servicio público.

Para esta institución consultiva que vela por la observancia del ordenamiento jurídico en la Comunitat valenciana, la cuantía de la indemnización reclamada -500 euros- se considera «adecuada» por el concepto alegado, además de haberse aportado la factura acreditativa de la realidad del coste de sustitución.

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