Competencia ve injustificada mucha normativa colegial

(PD).- La Comisión Nacional de Competencia (CNC) se ha puesto a la cabeza del movimiento por la liberalización de los colegios profesionales en el momento en que el Gobierno estudia una modificación de la normativa que regula estas instituciones en el marco de la aplicación a España de la Directiva de Servicios de la Comisión Europea.

Cita Julio Trujillo en Correo Farmacéutico un informe de la CNC hecho público la semana pasada dice que «existen múltiples regulaciones en la normativa colegial vigente que no parecen justificadas por el objetivo de interés general o defensa de los consumidores» y aboga por «quebrar la asociación automática de profesión titulada con colegio profesional».

«Es necesario -añade el texto de la CNC- redefinir y acotar los fines y funciones de los colegios profesionales adoptando un enfoque desde el punto de vista de los consumidores y no de los profesionales».

Según la CNC, las principales restricciones a la competencia que suponen las normas de los colegios son el establecimiento de barreras de entrada al ejercicio profesional, las restricciones relacionadas con precios a través de honorarios y, de forma indirecta, de visados, y las restricciones a la publicidad.

El Gobierno lleva meses trabajando en un anteproyecto de ley para modificar la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, según informan a este periódico fuentes de Moncloa y el pasado 28 de julio el ministro de Economía, Pedro Solbes, se reunió con los representantes de las organizaciones profesionales para analizar estas modificaciones.

No obstante, el mismo informe de la CNC señala que las reformas no deben afectar a todos los colegios por igual sino que dependerá del interés general de los servicios que tutelen, aunque indica que «la regulación de acceso o de ejercicio de una profesión y, en particular, aquellas que crean reservas de actividad o exclusividad, deberán siempre justificar su necesidad y proporcionalidad, así como el interés general perseguido».

Excepciones
La clave está en la noción del interés general, que va a ser la base de diferenciación entre unos servicios profesionales y otros. En esa dirección se han expresado fuentes gubernamentales cercanas a la elaboración del anteproyecto que aseguraron a CF que los colegios profesionales sanitarios no van a verse afectados, «en principio» por la reforma, ya que su función principal es «garantizar y controlar la calidad y capacidad de prestar un servicio de los profesionales y no establecer tarifas, honorarios y otras regulaciones que pueden incidir en la libertad de ejercicio y establecimiento de que hablan las normas europeas».

Esta última precisión parece ir dirigida a los integrantes de otros colectivos profesionales que fueron citados expresamente en el discurso del presidente Rodríguez Zapatero el pasado julio ante el Consejo Económico y Social: abogados, arquitectos y agentes comerciales.

Dos son las novedades ya anunciadas por el presidente del Gobierno. De un lado, una ley de acceso al ejercicio profesional, que verá la luz antes de que finalice el año y en la que se consultará a las organizaciones profesionales colegiales en el trámite del anteproyecto a lo largo de este mes de septiembre.

De otro, una ley paraguas que adapte al ordenamiento jurídico la Directiva de Servicios en el Mercado Interior.

En la reunión de julio se aclaró que la ley de acceso al ejercicio profesional tendrá «un impacto limitado» y que, además, «no afectará ni a la naturaleza, ni a la estructura, ni al número de colegios profesionales».

Desconfianza
Pero los representantes profesionales, aunque mantienen una línea de comunicación con el Ministerio de Economía y Hacienda sobre los planes de reformas legales para la aplicación de la Directiva de Servicios, han expresado desconfianza, tras el informe de la CNC, que no tiene que ser seguido por el Gobierno ya que no es vinculante. Acusan a Competencia de no haber consultado con los profesionales antes de elaborar su informe y alertan de que medidas semejantes aplicadas en otros países europeos han tenido efectos contrarios a los intereses generales de los ciudadanos. Diversos representantes profesionales han calificado el informe de la CNC de «contradictorio».

Fuentes del Gobierno insisten a CF en que los colegios sanitarios no se verán afectados por los cambios legislativos por su «interés público»

Liberalizar según competencia
Recomendaciones de la CNC para los futuros colegios profesionales

– No discriminación: La regulación no puede ser directa o indirectamente discriminatoria por razón de la nacionalidad o el Estado miembro en que estén establecidos los prestadores del servicio.

– Necesidad: La regulación debe estar justificada por una razón imperiosa de interés general y sus requisitos ser claros y públicos. Este interés general debe ser establecido con claridad y claramente identificable.

– Proporcionalidad: La regulación debe ser la adecuada para garantizar la realización del objetivo que se persigue y no ir más allá de lo necesario para conseguirlo. Asimismo, no debe ser posible su sustitución por otras medidas menos restrictivas que permitan obtener el mismo resultado.

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