Los informes médicos de los pacientes deberán contener los mismos datos en toda España

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un decreto que fija el conjunto mínimo de datos que deben contener los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud (SNS), con lo que unifica los distintos modelos adoptados hasta ahora por los sistemas sanitarios.

Según explicó en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gabinete la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, el objetivo de este decreto es que todos los centros sanitarios dispongan de la misma información en sus historias clínicas, para que un paciente madrileño desplazado a Cataluña, por ejemplo, pueda recibir la misma atención médica que recibiría en su lugar de residencia cuando se encuentra fuera de él.

En virtud del decreto aprobado este viernes, los informes clínicos que utilicen las comunidades autónomas, tanto en soporte electrónico como en papel, deberán contener datos relativos al documento (fechas de ingreso y alta o información de los profesionales que atienden al enfermo), del centro que presta el servicio, del paciente (nombre y apellidos, DNI) y de los motivos que llevan a la atención médica.

Hasta ahora no se había regulado con carácter general el contenido de los informes clínicos que se generan a diario con los datos de la atención sanitaria y los servicios de salud han desarrollado diferentes modelos de historia clínica, lo que dificulta que se puedan intercambiar telemáticamente los datos del paciente, indica el departamento que dirige Trinidad Jiménez.

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