Cuatro años de cárcel e inhabilitación para el médico acusado de abusos sexuales en una clínica de Santiago

El médico que trabajaba en el policlínico La Rosaleda de Santiago de Compostela J.E.A. ha sido condenado por un delito de abusos sexuales a cuatro años de cárcel y otros tantos de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica, y tendrá que abonar 1.920 euros a la víctima.

Así lo recoge el fallo, contra el que cabe recurso de casación, de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, sobre el juicio que se celebró el pasado 18 de febrero y en el que el acusado había negado haber visto a la mujer denunciante y había acusado al policlínico de realizar una «trama» y una «conspiración» para rescindir su contrato.

En la sentencia, recogida por Europa Press, se recogen como hechos probados que la mujer denunciante acudió al policlínico La Rosaleda el 14 de julio de 2008 para hacer una ecografía endometrial solicitada por el servicio de ginecología del Sergas y que fue el acusado, sin antecedentes penales, licenciado en medicina general y diplomado en ecografía, quien le atendió. «El condenado no era especialista en ginecología y no ejercía», indica el fallo.

Además, señala que «después de hacer la ecografía, con la excusa de que necesitaba una exploración, introdujo los dedos en la vagina. Acto seguido le pidió a la víctima que se diera la vuelta, se colocara de rodillas ‘a cuatro patas sobre la camilla’ y le introdujo de nuevo los dedos en la vagina».

Según recoge la sentencia, el acusado realizó estos actos «con ánimo lúbrico, disimulando su actuación bajo la apariencia de ejercicio de una actividad médica que no estaba habilitado para practicar y que era ajena a la ecografía ginecológica para valorar una posible patología endometrial, única prueba que debía realizar».

También incluye como hechos probados que mientras practicaba la ecografía, el condenado dijo frases como «para la edad que tienes y tener dos hijos no estás nada mal» o «me da la sensación de que a ti no te gusta hacerlo con condón», así como que le preguntó «cuál era la postura que más le gustaba».

SECUELAS PSICOLOGICAS

Afirma la sentencia que «consta la existencia de una secuela psicológica, estrés postraumático», a la que el Ministerio Fiscal ha hecho referencia en su relato de hechos probados. Con todo, especifica que «no se conoce la intensidad de esa secuela» y su relevancia «no ha sido objeto de prueba específica que tendrá en la vida futura de la perjudicada».

A este respecto, explica que «sería de muy difícil determinación» puesto que «también puede confluir como causa del estrés, con relevancia en su intensidad, otra posible agresión sexual sufrida por la misma persona».

DENUNCIA DE LA TRAMA

Los hechos de los que se le acusan se remontan al 14 de julio de 2008, cuando el acusado regresó de sus vacaciones y, según ha relatado este viernes, ya no tenía a su disposición un enfermero que ayudase a pasar los pacientes, por lo que él mismo los mandaba entrar para realizar las pruebas. Este hecho lo relacionó el acusado durante el juicio con la «trama» de la que acusa al centro hospitalario, a lo que añade el hecho de que le ofreciesen la «baja laboral voluntaria» –que rechazó firmar–, que le «limitasen» el acceso a los archivos o que le invitasen a «compartir» sus honorarios con La Rosaleda.

Por esas acusaciones, ese mismo 18 de febrero, el policlínico La Rosaleda anunció que iba a presentar un escrito ante la Audiencia Provincial de A Coruña con el fin de «depurar responsabilidades» e «iniciar acciones legales» pertinentes tras las manifestaciones en el transcurso del juicio de ese extrabajador.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña recoge en los antecedentes de hecho que la «trama o confabulación» para su despido «carece de sentido», puesto que si su contrato era temporal –como él declaro– y estaba próximo a finalizar «le bastaba al hospital con esperar a la fecha de terminación del contrato para conseguir el cese de la relación laboral». Además, una testigo de Recursos Humanos del hospital aseguró en el juicio que por el tiempo que llevaba trabajando el acusado, tenía que ser indefinido, algo que también se incluye en esta parte de la sentencia.

La abogada defensora y el propio acusado incidieron durante el juicio que no había prueba documental de que la mujer acudiese con fecha al 14 de julio de 2008 al centro hospitalario para hacer esa prueba ginecológica, si bien la sentencia señala que «la falta de estos documentos no es suficiente para considerar que no está probado que el médico atendió a la víctima en su consulta y le realizó una ecografía».

En este punto, concluye que «una instrucción más diligente pudo incorporar a la causa esos documentos, u otros que indicasen la existencia de la asistencia, pero se obvió, muy probablemente, por la actitud del acusado».

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