Galicia. Condenada la Xunta por sección del nervio facial a un paciente con mala praxis y falta de consentimiento informado

Un juzgado de Santiago de Compostela ha condenado al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a indemnizar con la suma de 60.000 euros a un paciente de 49 años de edad por haberle seccionado el nervio facial en una intervención quirúrgica de un tumor benigno de parótida realizada en el Hospital Meixoeiro de Vigo en la que hubo mala praxis y ausencia de consentimiento informado.

Según informa la Asociación El Defensor del Paciente, la sentencia indica que no hay ninguna prueba de la existencia de comunicación y con la necesaria calidad y contenido respecto de los posibles riesgos de la intervención y pone de relieve la falta de documento de consentimiento informado.

El fallo señala, asimismo, que hubo mala praxis, puesto que, ponderando la prueba pericial practicada, se evidenció en todo momento que el tumor era benigno, lo que no requería seccionar el nervio facial.

La sentencia considera que si se sospechó en el transcurso de la intervención posible malignidad, no consta que no se hubiera podido intentar el despegamiento del lóbulo superficial, conservar el nervio facial y luego realizar la parotidectomía profunda.

Según el fallo, tampoco se ha acreditado que fuera obligado seccionarlo, cuando además el resultado de la biopsia intraoperatoria podría haber sido informado con rapidez si el tumor era benigno o maligno.

En todo caso, no se ha acreditado que se hubiese esperado al resultado de la biopsia antes de realizar la disección del nervio facial, deduciéndose de la historia clínica que los facultativos seccionaron el nervio facial y después enviaron el material a anatomía patológica.

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