La reforma de la Sanidad en España

Prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario

Prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario
Médico, hospital, enfermo y salud. PD

El 31 de julio de 2013 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Orden ESS/1451/2013, de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario.

Su objetivo ha sido transponer la Directiva 2010/32/UE cuyas previsiones son un desarrollo del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo

Sus objetivos son:

  1. • Lograr un entorno de trabajo lo más seguro posible.
  2. • Prevenir las heridas causadas a los trabajadores con cualquier instrumental sanitario cortopunzante (incluidos los pinchazos de agujas).
  3. • Proteger a los trabajadores expuestos.
  4. • Establecer un enfoque integrado por el que se definan políticas de evaluación de riesgos, prevención de riesgos, formación, información, sensibilización y supervisión.
  5. • Poner en marcha procedimientos de respuesta y seguimiento.

Esta orden se aplica a todos los trabajadores del sector sanitario y hospitalario.

Recomendaciones de utilización de instrumentos cortopunzantes

  • 1. Se deberán manejar con extraordinario cuidado las agujas y los instrumentos cortantes usados.
  • 2. Las precauciones se deberán adoptar durante y tras su utilización, al limpiarlos y en su eliminación.
  • 3. Una vez utilizadas, las agujas no deben ser sometidas a ninguna manipulación.
  • 4. Para su eliminación, las agujas, jeringas y otros instrumentos cortantes o punzantes deben ser colocados en envases reglamentarios resistentes a la punción, que estarán localizados en la zona en que vayan a ser utilizados.
  • 5. Nunca se llenarán los envases totalmente, puesto que las agujas que sobresalen de los contenedores constituyen un riesgo importante para las personas que las manejan.
  • 6. Siempre que sea posible, los trabajadores sanitarios que utilicen instrumentos cortantes o punzantes deben depositarlos personalmente en el recipiente adecuado.
  • 7. Nunca se dejarán estos objetos cortantes o punzantes abandonados sobre una superficie, ya que existe riesgo de que otros trabajadores sufran accidentes.
  • 8. Ello es especialmente necesario tras intervenciones realizadas junto al lecho del enfermo (p.ej. toracocentesis, extracción de muestras de sangre arterial para gases, etc.), ya que el individuo que maneja un instrumento conoce mejor la situación y cantidad del equipo utilizado, evitando así el riesgo de exposición a otros trabajadores.
  • 9. Se tendrá especial cuidado en que no haya objetos cortantes o punzantes en la ropa que vaya a la lavandería, ya que pueden producir accidentes a los trabajadores que la manipulen.
  • 10. Nunca se depositarán objetos cortantes o punzantes en las bolsas de plástico situadas en los cubos de basura.

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NOTA.- Sara Castelo Ruano es abogado, socia fundadora de Tesera de Hospitalidad, una consultora independiente, con sede en Madrid, pionera en ofrecer asesoramiento legal, auditorías de procesos, formación y servicios de colaboración a los departamentos de licitaciones tanto de los órganos de la Administración Pública Sanitaria como de sus proveedores.

 

 

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