HOY SERÍA DELITO... O ESTARÍA PROHIBIDO

Hoy sería delito: ‘Dirty Dancing’… un clásico del cine romántico, musical y adolescente

Hoy seria delito... 'Dirty Dancing'PD

El 21 de agosto de 1987 se estrenaba Dirty Dancing, que se convirtió de inmediato en un taquillazo y un clásico del cine romántico, musical y adolescente por sus increíbles números de baile y una banda sonora repleta de hits inolvidables.

El tema principal, (I’ve had) The time of my life, fue galardonado con un Oscar y un globo de Oro.

Sus protagonistas, Patrick Swayze y Jennifer Grey, alcanzaron fama mundial con la tórrida historia de amor entre un sexy profesor de baile de dudosa reputación y una adolescente de familia bien, que se conocen durante el verano de 1963 en un resort de montaña.

Más de uno adjetiva como “siniestra” la relación entre la adolescente interpretada por Jennifer Grey y el maduro instructor de baile encarnado por Patrick Swayze, quien a los pocos segundos de toparse con la chica  en la pista de baile ya se la ha ligado, se apodera ‘físicamente’ de ella restregándole su ondulante pelvis.

Desde el prisma normativo y social actual, la legalidad y corrección de ese romance arroja justificadas sospechas. Johnny, el personaje interpretado por Patrick Swayze (que tenía 34 años cuando rodó la película) se acercaba a la treintena, mientras que Baby, la joven interpretada por Jennifer Grey, tenía tan solo 17 años.

Actualmente, la edad de consentimiento sexual en España son los 16 años, con lo que a priori la relación sentimental de Dirty Dancing entraría dentro de los parámetros de la legalidad. El artículo 183 del Código Penal traza esa línea de edad, en consonancia con la inmensa mayoría de los países de nuestro entorno:

Artículo 183

1. El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años.

Existen sin embargo otros elementos que deberían ser objeto de análisis antes de dar luz verde a la corrección política de este largometraje con los parámetros que rigen en la actualidad. Uno de ellos es la caracterización de la menor, cuyo nombre oficial es Francis, pero que es denominada Baby a lo largo de todo el film, teniendo lugar una constante infantilización que permita dotar de más fuerza su inmersión en el liberal ambiente del baile nocturno. En segundo lugar debe destacarse el simbolismo de la película, que utiliza de manera evidente la iniciación en el mundo del baile como el despertar sexual de la mujer.

A efectos penales, existe un tercer elemento de vital importancia: el cariz de la relación entre Johnny y Baby. Además de ser notablemente mayor y experimentado, el personaje de Patrick Swayze es el profesor de baile de la joven Baby, motivo por el que se sitúa en una posición de especial influencia sobre ella, casi de autoridad. El grado de desequilibrio en tales términos puede desdibujar ese consentimiento sexual y convertir en delictiva la relación que ha sido considerada uno de los mayores romances de la historia reciente del cine.

El artículo 182 del Código Penal castiga con penas de prisión de hasta 3 años al que realice actos de naturaleza sexual con menores de entre 16 y 18 años cuando para ello se abuse de una posición de confianza, autoridad o influencia, tal y como puede ocurrir en una relación docente. Esa pena puede elevarse hasta los 6 años de cárcel si la relación sexual llega a consumarse.

Artículo 182

1. El que, interviniendo engaño o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realice actos de carácter sexual con persona mayor de dieciséis años y menor de dieciocho, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.

2. Cuando los actos consistan en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, la pena será de prisión de dos a seis años. (…)

Pasadas ya más de tres décadas del estreno del filme, los censores de lo políticamente correcto analizan la película y el que no la tilda de machista, la califica como sexista o algo peor. En el otro lado del ring un sector importante de la crítica la ensalza como una obra adelantada a su tiempo por su tratamiento feminista de la liberación sexual de la mujer y del controvertido asunto del aborto voluntario. El debate está servido.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA
Autor

Álvaro Rojo Quintana

Álvaro Rojo Quintana es abogado penalista, letrado del turno de oficio y CEO de Red Bunker (firma especializada en compliance, ciberseguridad y protección de datos).

Experto
Álvaro Rojo QuintanaLegal

Álvaro Rojo Quintana es licenciado en derecho y diplomado en estudios empresariales por la Universidad Pontificia de Comillas, postgraduado en Compliance por la Universidad Carlos III y la Universidad Pompeu Fabra y certificado en Compliance por la Asociación Española de Compliance.

Álvaro Rojo es abogado penalista, letrado del turno de oficio y CEO de Red Bunker (firma especializada en compliance, ciberseguridad y protección de datos).

Lo más leído