El proyecto de estatutos del Palau limita el mandato del presidente

El proyecto de estatutos del Palau limita el mandato del presidente
. Agencia EFE

Los nuevos estatutos del Palau de la Música, que hoy hace públicos para la incorporación de enmiendas después de su elaboración por parte de una comisión presidida por Miquel Roca Junyent, limitarán el mandato del presidente, entre otras medidas destinadas a evitar nuevos casos Millet.

Los nuevos estatutos, que deberán ser debatidos y aprobados en asamblea extraordinaria de los socios el próximo 21 de julio, establecen la estructura de la futura Junta Directiva, formada por un presidente, tres vicepresidentes, dos secretarios, un tesorero, un bibliotecario-archivero y un máximo de diez vocales.

Otras cuatro vocalías serán ejercidas por socios cantores elegidos por el Coro, uno de los cuales será vicepresidente tercero.

Además, el maestro director asistirá a las reuniones de la Junta Directiva con voz y sin voto.

Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de cuatro años y podrán ser reelegidos dos veces consecutivas, según establece el artículo 39 de los Estatutos.

En ese mismo artículo se indica que la mitad de la Junta Directiva se renovará cada dos años.

En los casi 120 años desde la fundación del Orfeó Català-Palau de la Música, ha habido 10 presidentes, si bien dos han copado más de la mitad de su historia: Joaquim Carbó Rovira durante 29 años en dos períodos y Fèlix Millet, que estuvo al frente de la asociación durante 32 años seguidos.

En una de las disposiciones transitorias los estatutos fijan que «excepcionalmente, la primera elección de los miembros de la Junta Directiva que se produzca a partir de la aprobación de estos Estatutos se hará por un plazo de cinco años, sin renovación parcial».

En este supuesto, «los miembros de la actual Junta Directiva en funciones continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta la toma de posesión de la nueva Junta».

En el apartado dedicado a los socios, el artículo 12 establece tres tipos de socios: cantores que formen parte de las secciones corales, ordinarios y protectores, que serán las personas físicas o jurídicas que efectúen aportaciones dentro de los límites fijados por la Junta Directiva para ayudar a los objetivos del Palau.

Aunque todos los socios tendrán los mismos derechos y obligaciones, sólo la lista de socios protectores se hará pública anualmente en las publicaciones de la asociación Orfeó Català-Palau de la Música.

Los socios expresarán su voluntad a través de la Asamblea General, que se reunirá con carácter ordinario durante el primer trimestre de cada año para pronunciarse sobre la gestión de la Junta Directiva, el presupuesto y las cuentas anuales.

La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario cuando lo soliciten al menos un 10% de los socios, cuando se trate de derogar o modificar cualquier artículo de los Estatutos del Orfeó o de la Fundación o siempre que se traten «asuntos que afecten a la propiedad de los inmuebles del Orfeó Català» o «la adopción de convenios o acuerdos que comprometan, directa o indirectamente, el citado patrimonio».

Salvo excepciones, los socios que ocupen algún cargo retribuido por la asociación o por las entidades vinculadas «no serán elegibles para la Asamblea General».

La simplificación del actual organigrama del Palau de la Música, formado por dos asociaciones (Orfeó y Coro de Cámara), la fundación y el consorcio de administraciones públicas, quedará pendiente para después de la elección del presidente y la nueva Junta Directiva.

Además de Miquel Roca, han participado en el comité redactor del proyecto de Estatutos Jaume Padrós, Antoni Dalmau, Carlos Cuatrecasas y Assumpta Terrés.

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