En resumen, los sindicatos carecen del ejercicio de una acción pública en defensa abstracta de la legalidad. No es su función
(José Antonio Poveda, Escuelas Católicas).- Este es sencillamente el mensaje que los tribunales vuelven a lanzar por enésima vez a los sindicatos. En esta ocasión ha sido el TSJ de la Comunidad Valenciana que, en Sentencia de 12 de marzo de 2010, ha desestimado el recurso planteado por el «Sindicat de Treballadors i treballadores de l’ensanyament del País Valenciá-Intersindical Valenciana (STEPV-IV)», contra la Orden de 8 de mayo de 2007 de la Consejería de Educación Valenciana, por la que se establece el acceso al concierto para centros privados que imparten el primer curso de Bachillerato.
Y lo desestima, como ya lo han hecho otros tribunales en situaciones similares, por falta de legitimación activa del sindicato recurrente, tal y como alegó Escuelas Católicas Comunidad Valenciana, personada en el pleito como codemandada. Vamos, algo así como ¿Quo vadis, STEPV-IV? Pero si hasta el propio Ministro Gabilondo ya ha dicho que «la enseñanza pública no es el problema de la enseñanza concertada y viceversa«. Pero claro, si a los defensores de la enseñanza pública les da igual lo que los tribunales dicen de forma reiterada, ¿por qué deberían hacer caso al Ministro?
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