La ley del Patrimonio de Galicia contempla la posibilidad de sancionar al infractor con la obligación de reconstruir lo dañado.
La Dirección Xeral del Patrimonio gallega sancionó finalmente a Iberdrola con una multa de 90.000 euros por derribar la iglesia de San Martiño, en la parroquia de Santa Marta de A Teixeira (Ourense). Tras prescribir el primer expediente contra la eléctrica incoado el 4 de mayo de 2010, la empresa eléctrica, esta vez no se libra de la multa por destruir el templo inventariado del siglo XIX.
El proceso que dio origen a la sanción se inició el 28 de septiembre de 2007 cuando Iberdrola recibió autorización por parte del concello de A Teixeira para demoler la aldea en la que estaba el templo. La autorización excluía la edificación religiosa. Sin embargo, Iberdrola, confirmó en distintas ocasiones a Xornal que entendía que «el templo estaba incluido y podía convertirse en un riesgo para los viandantes por su mal estado».
La interpretación de Iberdrola no es la misma que la del concello. El alcalde, Miguel Cid, explicó a este diario que la licencia municipal estaba muy clara y se limitaba a las viviendas adquiridas en 1964 por Saltos del Sil.
El templo demolido tenía planta rectangular, el presbiterio más elevado y piezas, como una pila bautismal de gran valor. En la actualidad se desconoce el paradero de los sillares casi perfectos y de los elementos del retablo.
La ley del Patrimonio de Galicia contempla la posibilidad de sancionar al infractor con la obligación de reconstruir lo dañado. Sin embargo, Patrimonio no hizo uso de esta potestad y la eléctrica tendrá que pagar solamente la cantidad simbólica de 90.000 euros.
La decisión administrativa ya ha sido comunicada a la compañía y ahora queda el resquicio legal de acudir a la jurisdicción contencioso administrativa para pedir una mayor sanción por el atentado contra el patrimonio histórico de Galicia.