El magistrado ha ordenado al Ministerio el pago de 42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre 2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de 157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora
La abogada de la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada para el curso 2001/2002 en un colegio público por decisión del Obispado de Almería tras casarse con un divorciado, ha presentado un recurso ante el juzgado en el que refuta que su relación laboral deba extinguirse el 31 de agosto.
La letrada de CCOO que representa a la profesora, Amalia Robles, ha presentado hoy ante el Juzgado de lo Social número 3 de Almería un recurso de reposición contra el auto dictado la semana pasada por el que el juez ordena al Ministerio de Educación la readmisión en el plazo de cinco días, aunque sólo hasta el 31 de agosto.
Robles ha explicado a Efe que el recurso, que también rechaza el cálculo de las cantidades dinerarias que debe recibir la docente, defiende que «no hay fundamento jurídico» para que la relación laboral se extinga el 31 de agosto.
La abogada ha subrayado que el propio juzgado, tras un pronunciamiento previo del Tribunal Constitucional (TC), declaró hace un año la nulidad del despido en un fallo que posteriormente fue confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en sentencia firme.
De este modo, ha argumentado, la relación laboral de Resurrección Galera se hubiera «renovado tácitamente» durante estos años y ahora debería de beneficiarse del cambio normativo introducido en 2007, por el que los profesores de religión pasaban a ser indefinidos.
El recurso también pone en cuestión los descuentos aplicados por el juez a las cantidades que deberá cobrar Resurrección Galera en concepto de los salarios que dejó de percibir desde su despido nulo.
El magistrado ha ordenado al Ministerio el pago de 42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre 2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de 157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora.
El Ministerio ha abonado hasta el momento a la docente cerca de 33.000 euros en concepto de los salarios correspondientes al curso para el que no fue renovada y el finiquito.
La abogada de la profesora considera que debería haber sido el Ministerio el que aportara las pruebas para realizar los descuentos, en vez de ser el juez el que solicitara la documentación directamente a la Junta de Andalucía.
Tanto el Ministerio como el Obispado anunciaron ayer sendos recursos de reposición contra el auto dictado por el juez para la ejecución de la sentencia.
Las partes tendrán un plazo para impugnar los diferentes recursos y después el juez deberá dictar una nueva resolución, que podrá ser recurrida de nuevo ante el TSJA.
No obstante, la abogada de Resurrección Galera ha subrayado que el auto dictado por el juez es ejecutorio, por lo que se deberá proceder a la readmisión independientemente de los recursos que presenten las partes.
(RD/Efe)