El tema de la tolerancia cero creo que es una expresión de todo el deseo de la Iglesia de atajar este problema
(Jesús Bastante).- «Tener un espíritu crítico es un gran servicio a la Iglesia«. José Luis Sánchez Girón es Vicedecano de la Facultad de Derecho Canónico de Comillas. En esta entrevista, nos explica los vericuetos de esta disciplina eclesiástica, que aborda desde las nulidades matrimoniales a cuestiones disciplinares. «El Derecho Canónico es un instrumento que ayuda a entender problemas y a crear soluciones», apunta.
¿Pensando ya en el curso que viene?
Por supuesto. El verano es una fase de trabajo que no es especialmente floja: programas, guías docentes…
¿Para un profesor es más reconfortante la época en que da clases?
Desde luego, lo más agradable es dar clases. Es la mayor sensación directa de ayudar a alguien, transmitir un saber y ver cómo la gente crece aprendiendo algo. Cuando se hace trabajo social, tradicionalmente llamado de caridad, hay una experiencia parecida del feedback. Trabajos más lejanos del contacto directo ayudan mucho también, pero creo que es humano sentir que el contacto directo con aquello que buscas es más reconfortante.
Háblanos un poco del estado de la facultad, y del Derecho Canónico en España.
En España hay 5 facultades de Derecho Canónico. Es un dato un poco sorprendente en términos comparativos. Dejando de lado la ciudad de Roma (que en este ámbito tiene mucho de todos, por razones obvias), para encontrar un número de facultades como éste tienes que recorrerte el continente americano entero, desde la punta superior de Canadá hasta la inferior de Argentina. España es peculiar desde ese punto de vista. Nuestra facultad es la más antigua. Pero el número de alumnos no ha crecido desde que se fundó.
¿Cuál es el perfil del alumno que acude a Comillas a estudiar Derecho Canónico?
En una gran mayoría, o religiosos o sacerdotes. Personas que van a trabajar cerca de las curias diocesanas, de órdenes religiosas, etc. Pero también hay un componente real de laicos, de seglares, que quieren ayudar con estos estudios en los ámbitos de Iglesia en los que se mueven. Luego está el tema de los tribunales, de las causas judiciales, mayoritariamente de nulidad matrimonial. Esto ha movido al algunas personas a completar su profesión de abogado por la posibilidad de actuar en los tribunales eclesiásticos, etc.
¿Otros temas jurídicos, como el del IBI, los toca el Derecho Canónico?
Sí. Conviene, para un canonista, estar al tanto de toda la realidad de la regulación estatal que se hace de las cuestiones religiosas (lo que llamamos Derecho Eclesiástico).
Nuestro alumnado es internacional, captamos alumnos del extranjero, y de manera especial de diócesis no muy ricas. A través de esto, nuestra universidad responde a su deseo de ser un centro que ayuda a la gente con más necesidad.
¿Qué es lo que diferencia a Comillas de otras universidades?
Que es una universidad católica. Comillas, con ICADE, ICAI, sus facultades de psicología, de enfermería… es todo un campus variado de una enorme riqueza para los alumnos. A nosotros los profesores, nos exige unos niveles de docencia y adecuación que son los propios de una universidad católica que tiene que estar en línea con otras universidades públicas. Entonces, todo lo que es la calidad de la docencia, la modernización de los métodos de enseñanza, las exigencias de currículum, de investigación… pasa por esos niveles de exigencia. Esto es una ventaja que nos da un plus de calidad. Luego, la manía de nuestra universidad (dicho para bien) es la excelencia.
¿Bolonia afecta al Derecho Canónico?
En este sentido que te acabo de decir, y por estar en una universidad católica, sí. Pero a los planes de estudio concretos, no, porque funcionan por sus fueros. Hace años que se reformaron los programas, pero hay una cierta dificultad para equiparar nuestros estudios a las categorías de Bolonia. Aunque se terminará haciendo sin mayor problema. Podríamos haber optado por una línea más independiente, pero nuestra universidad funciona con los parámetros de la adecuación y la exigencia.
¿Por qué es importante que un sacerdote, un religioso o un laico comprometido con su Iglesia quiera saber cómo funciona la legislación eclesiástica? ¿Cuál es la situación del Derecho Canónico en la Iglesia de España hoy?
El Derecho Canónico es un instrumento que ayuda a entender problemas y a crear soluciones, orientando cosas de manera muy directa. A lo mejor no es tan fascinante como una reflexión teológica o bíblica, pero tiene un atractivo porque puedes consultarlo. La vida de la Iglesia, hacia dentro y hacia fuera, pasa en gran medida por el Derecho Canónico: cómo se hacen los sacramentos, qué significan, cómo son válidos y cómo no, qué autoridad tiene una Conferencia Episcopal, un obispo, cómo se gobierna la Iglesia, de dónde emana su magisterio, la enseñanza, los procesos, los bienes de la Iglesia… Todo esto es un código legislativo. Todo un mundo de vida y de relaciones interpersonales que está regulado. Yo creo que hay una relación biunívoca, esencial y natural, entre el derecho y la realidad que lesgisla.
Además del atractivo de lo práctico y de lo inmediato, creo que son unos conocimientos que le ponen a uno muy en contacto con lo que es la Iglesia, lo que debería ser… y eso es muy importante también.
Cuando se habla de Derecho Canónico, uno piensa en normas y sanciones. Pero, ¿un experto como tú llega a desarrollar un cierto espíritu crítico hacia la institución?
Sí. En el sentido más positivo de la palabra crítico, debe haberlo. Nosotros insistimos mucho en esto: Tener un espíritu crítico es un gran servicio. El Derecho Canónico recoge, de forma normativa, algunos puntos centrales de lo que es la Iglesia. Por debajo de eso y con respeto a eso, se desarrolla una lesgislación amplísima que podría variar y ha variado con el tiempo.
¿Hace cuánto se hizo la última modificación?
Del texto fundamental, vamos ya para 30 años. Pero siempre se está revisando. Es un organismo vivo que necesita estar verificándose. Eso es un espíritu crítico. Hay ciertos bloques del Derecho Canónico que se discuten con mucha más dificultad, porque para nosotros son lo que el señor Jesucristo nos ha dicho que debemos ser. Pero, salvo los dogmas, el resto son interpretaciones legislativas que pueden modificarse, que han cambiado y que seguirán cambiando.
Con los escándalos de abusos sexuales en la Iglesia, y tras que el Papa declarase la tolerancia cero, se han producido algunos cambios en ciertas normas. ¿Piensas que esos cambios posibilitarán que se puedan atajar, prevenir y sancionar los posibles casos, de manera eficiente?
Bueno, habrá que verlo. El tema de la tolerancia cero creo que es una expresión de todo el deseo de la Iglesia de atajar este problema. Es una voluntad amplia, que no solamente afecta al Derecho Canónico y a la regulación de su parte penal, sino que es una gran decisión política de poner orden en este asunto. Dentro de la Iglesia es una cuestión de formación, de conductas… aunque efectivamente ha habido novedades en el Derecho Canónico para facilitar que en los casos más escandalosos y más dañinos la Iglesia pueda tomar resoluciones rápidamente. Yo soy jurista, y sé que todo lo que sea un derecho expeditivo hay que mirarlo con cuidado. Creo que se han abordado algunas medidas con sabiduría y con necesidad, pero, como estudiosos, nuestra prioridad no es tanto la eficacia inmediata como las aportaciones y los fenómenos importantes a lo largo del tiempo.
¿La renuncia de un obispo es potestad sólo del Papa? ¿Qué capacidad de defensa tiene un obispo al que sancionan o expulsan?
Los problemas y conflictos de los obispos son tratados por la Santa Sede. Tiene acceso a los procedimientos normales dentro de la Iglesia: exponer su razón, su motivo, aportar sus pruebas… El obispo, como todos, tiene sus obligaciones y sus derechos de defensa, que no deberían serle negados nunca, en el caso de verse envuelto en algún conflicto.
En el caso de Vatileaks, ¿se está siguiendo el tipo de procedimiento que se debería seguir?
Es difícil de saber, pero, la mayor parte de las veces, cuando se hace una acción delictiva para el Derecho Canónico, es delictiva también para el derecho secular. Yo espero y entiendo que las personas involucradas tendrán, dentro de la Iglesia, sus posibilidades de defensa y sus responsabilidades que cubrir. En muchos casos, cuando se da esta convergencia, la Iglesia tiende a no interferir el desarrollo de la justicia secular. Espera y colabora, en la medidad en que se le pide, y cuando las investigaciones y el esclarecimiento de la verdad está más avanzado desde el punto de vista del Estado, entonces la Iglesia (sobre esa base) entra también a juzgar canónicamente.
La persona que sustrajo el códice calixtino, por ejemplo, habrá cometido un delito secular, y canónico también.
¿Cómo funciona en España el tema de las nulidades?
El tribunal de La Rota de Madrid es lo que se llama la segunda instancia para las archidiócesis de España. El resto de diócesis tienen su segunda instancia en su archidiócesis, y una tercera en Madrid o en Roma.
¿Es relativamente fácil que te den una nulidad?
Está regulado. El Derecho Canónico tiene sus causas y sus manera de probar las cosas y arbitrar el proceso. Yo soy juez en una tribunal español, y lo que veo es que las nulidades se hacen en función de la ley. Yo no me he encontrado nunca un caso en que me haya visto presionado o condicionado
Respecto a los divorciados vueltos a casar, de los homosexuales, o de otras personas que se sienten rechazadas dentro de la Iglesia en la que creen, ¿ve salida el Derecho Canónico, a corto o medio plazo?
Bueno, es que no es un caso de Derecho Canónico principalmente. En el código no se les da un tratamiento especial a los homosexuales, y el no poder acceder a la comunión está regulado de una manera mucho más amplia. ¿Quién define qué es una «situación gravemente irregular»? Es una cuestión pastoral, no sólo de Derecho Canónico. Puede ser que la realidad se perciba como una insuficiencia por parte de la Iglesia Católica, pero creo que se puede y se debe ver también que hay una preocupación en toda la Iglesia, por parte de personas que reflexionan y que tienen capacidad de decisión, por ver cómo se puede ayudar de la mejor manera posible, respetando la justicia y la moral cristiana. Esa preocupación constante también hay que valorarla. Hay una imagen muy difundida de que el Derecho Canónico es la sanción, lo que limita. Nosotros tratamos de explicar que también es lo que posibilita, el patrimonio de nuestra convivencia. Las soluciones, orientaciones y consejos que dan los sacerdotes a las personas, y eso también es Iglesia, Evangelio y servicio pastoral. No creo que haya un grave desinterés por lo mal que lo pasan las personas, sino todo lo contrario. Lo que quizá no sea fácil de entender es que las instituciones (la Iglesia y otras) a veces encuentran dificultades en sus propias cosas. Ahora, olvidarse del problema sería una mala solución. Devanarse los sesos por ver cómo respondemos a esto cumpliendo lo que Cristo nos ha pedido, es lo que hay que apreciar. Pero entiendo que haya gente que no lo vea así, o bien porque quiere una solución más inmediata, o porque piensa distinto. Afortunadamente, la diversidad de opiniones está en todas partes.