Se han cometido graves errores en la respuesta a las acusaciones
(Gregorio Delgado del Río).- La nueva posición adoptada en el tratamiento o en la respuesta de la Iglesia frente a los abusos sexuales del clero merece una reflexión más. En realidad, desde que el Cardenal Ratzinger fue nombrado Prefecto de la CDF (25 de noviembre de 2001), fue patente -para quien quiso verlo- el cambio de criterio adoptado, si bien eran también evidentes las dificultades para imponerlo de modo efectivo, pues proliferaban por doquier las resistencias y la oposición al mismo.
Frente a la falta de consenso, en las más altas esferas vaticanas, sobre si tales sacerdotes debían entregarse a la justicia civil (denuncia) o si bastaba con someterlos a tratamiento psiquiátrico o adoptar otro tipo de actuación, el Cardenal Ratzinger va a tomar decidido partido, va a unificar el criterio y va a exigir a los obispos que presenten a los sacerdotes -si la denuncia es verosímil- a las autoridades civiles. En definitiva, se va, en principio, a aceptar un criterio de actuación opuesto al sustentado hasta entonces.
Si bien el nuevo criterio a seguir significaba la superación de la práctica consistente en lavar los trapos sucios en casa, su implantación efectiva no iba a ser -ni mucho menos- automática. Se iniciaba un camino diferente que iba a verse salpicado de obstáculos e interferencias. La famosa Carta del Cardenal Castrillón (8 de septiembre de 2001) al Obispo de Bayeux-Lisieux (Francia), autorizada por Juan Pablo II, fue un intento sibilino (pero, claro) de utilización de la figura y autoridad de Juan Pablo II para neutralizar la nueva política o el nuevo criterio, que se sabía iba adoptar y tratar de imponer el futuro Prefecto de la CDF, Cardenal Ratzinger.
¡Así se las gastaban en el Vaticano! Fueron tiempos muy complicados, en los que no resultó fácil controlar las respuestas concretas que se daban a los casos que iban apareciendo. Si algo aparecía claro a la opinión pública mundial era que, en la Iglesia, se seguía operando en el marco del encubrimiento y la ocultación. Lo cual provocaría -como es sabido- situaciones límite en diferentes países con sus respectivos Gobiernos y una pérdida importante de credibilidad.
La Carta pastoral a los católicos de Irlanda (19 de marzo de 2010) supondrá la expresión pública y oficial de ese giro total en el modo de abordar estos asuntos, de ese cambio y de esa ruptura con todo el pasado anterior (lavar los trapos sucios en casa). Precisamente por ello, esta Carta provocará, a la vez, una fuerte contestación y resistencia. Es en esta Carta pastoral donde el papa aborda, desde su profundo conocimiento, desde su experiencia y escucha de las víctimas, desde su reflexión y voluntad decidida, la situación creada en Irlanda y en la Iglesia entera, dada la especial gravedad de este pecado y de este delito cometido por sacerdotes.
Si uno se acerca a ella sin prejuicios, advertirá de inmediato -en relación con los textos precedentes- que hasta el tono verbal utilizado es diferente. Es a partir de aquí donde la Iglesia va iniciar, de modo oficial y público, el nuevo camino: tolerancia cero.
No puedo resistir la tentación de transcribir las palabras de Benedicto XVI a sus hermanos, los obispos irlandeses. Dice así: «No se puede negar que algunos de vosotros y de vuestros predecesores habéis fallado, a veces gravemente, a la hora de aplicar las normas, codificadas desde hace largo tiempo, del derecho canónico sobre los delitos de abusos de niños. Se han cometido graves errores en la respuesta a las acusaciones. Reconozco que era muy difícil captar la magnitud y la complejidad del problema, obtener información fiable y tomar decisiones adecuadas a la luz de los pareceres divergentes de los expertos. No obstante, hay que reconocer que se cometieron graves errores de juicio y hubo fallos de gobierno. Todo esto ha socavado gravemente vuestra credibilidad y eficacia. Aprecio los esfuerzos que habéis llevado a cabo para remediar los errores del pasado y para garantizar que no vuelvan a ocurrir. Además de aplicar plenamente las normas del derecho canónico concernientes a los casos de abusos de niños, seguid cooperando con las autoridades civiles en el ámbito de su competencia» (n. 11). ¡Absolutamente claro! ¡A quien tenga oídos, y quiera oír, le debería bastar!
Ante el cambio oficial de criterio (no ocultación y cooperación con la autoridad civil), saltan todas las alarmas en ciertos ámbitos vaticanos, en una parte importante de la Jerarquía católica y los movimientos más conservadores del laicado católico. Aparecen de inmediato -para vergüenza propia y ajena- las resistencias. El 16 de abril de 2010 (¡No me digan que no es casualidad!), la revista francesa Golias da a conocer la carta -fechada el 8 de septiembre de 2001- dirigida al obispo de Bayeux-Lysieux, Mons Pican, por el entonces Cardenal Prefecto de la Congregación para el clero.
Carta en la que se alaba la conducta contraria y además se arropa con la autoridad de Juan Pablo II. ¡Casi nada! Un verdadero órdago a la grande espetado en la cara del propio Benedicto XVI. En esos mismos días (¡Otra casualidad!), el propio Cardenal Castrillón, en su conferencia en la Universidad católica de Murcia, se ratifica plenamente en el criterio que estuvo vigente, con la autorización explícita de Juan Pablo II, a la hora de tratar estos asuntos por la Congregación para el clero.
Y lo hace además con la complacencia de destacados miembros de la Curia romana y del episcopado español presentes en el acto académico. Y, para más inri, después de que Benedicto XVI hubiese expresado públicamente su mandato imperativo: «seguid cooperando con las autoridades civiles». ¡A esto se le llama «unidad fiel y obediente«!
La reafirmación oficial por parte del portavoz vaticano del criterio que, por voluntad de Benedicto XVI, se quiere que, en lo sucesivo, informe el tratamiento de estos asuntos tan graves también merece cierta consideración. El criterio, que ahora se quiere seguir por impulso de Benedicto XVI, es abiertamente contrario a la posición que había expresado y seguido el Cardenal Castrillón -aplaudida por cierta patulea cardenalicia y episcopal ultraconservadora-. Ese criterio -se limitó a subrayar el portavoz vaticano-«no representa la línea de la Iglesia Católica en los casos de pederastia». ¡Cómo se pueden expresar todavía dudas, resistencias y oposición al nuevo criterio! Es más, la famosa Carta de 2001, en opinión del mismo portavoz, «… es una prueba más de cuanto fuera oportuna la unificación del tratamiento de los casos de abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero bajo la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, para garantizar una actuación rigurosa y coherente, como efectivamente sucedió con los documentos aprobados por el Papa en 2001». No es extraño, en consecuencia, que se procediese a introducir ciertas modificaciones (21 de mayo de 2010) en el m.p. Sacramentorum Sanctitatis Tutela.
Es cierto que, en la modificación del SST, no se hacía referencia explícita a la colaboración con la autoridad estatal. Lo cual, a mi entender, era fruto de las dudas existentes sobre la orientación definitiva de la respuesta futura. Ello trató de superarse mediante una hábil interpretación del portavoz vaticano: remitir a la ordenación penal canónica, en sí misma completa. Estos fueron los términos de dicha interpretación: «En este contexto se puede recordar, sin embargo, la ‘Guía para la comprensión de los procedimientos…’ publicada en el sitio de la Santa Sede. En esta ‘Guía’, la indicación: ‘Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes’, se ha incluido en la sección dedicada a los ‘Procedimientos preliminares’. Esto significa que en la praxis propuesta por la Congregación para la Doctrina de la Fe es necesario adecuarse desde el primer momento a las disposiciones de ley vigentes en los diversos países y no a lo largo del procedimiento canónico o sucesivamente».
La implantación efectiva en toda la Iglesia de los procedimientos adecuados a fin de responder a la crisis del abuso sexual nos sugiere también ciertas reflexiones. Será, en esta nueva etapa, donde aparezca, por primera vez y de forma explícita, la obligación de dar aviso a las autoridades civiles. Ello se quiso realizar mediante un enfoque más pro activo de las Conferencias episcopales. A tal efecto, la CDF redactó la Carta Circular para ayudar a las Conferencias episcopales en la preparación de líneas directrices para tratar los casos de abuso sexual contra menores por parte del clero (3 de mayo de 2011). En la misma, se expresa claramente que «el abuso sexual de menores no es sólo un delito canónico, sino también un crimen perseguido por la autoridad civil. Si bien las relaciones con la autoridad civil difieren en los diversos países, es importante cooperar en el ámbito de las respectivas competencias. En particular (…), siempre se siguen las prescripciones de las leyes civiles en lo referente a remitir los delitos a las legítimas autoridades» (Carta Circular, 2011, 1, e.).
Por si pudiera haber alguna duda acerca de la vigencia de este nuevo principio ordenador de la respuesta de la Iglesia, estas son las palabras del entonces Prefecto de la CDF, Card Levada: «…el principio ha de permanecer inamovible». Parece muy claro que la Santa Sede ha llegado ya al convencimiento en virtud del cual, dadas las situaciones planteadas en diferentes países y su eco en la opinión pública mundial, sólo puede recuperar un mínimo de credibilidad si coopera en la persecución de tan grave delito mediante la entrega de los sacerdotes, presuntamente autores del mismo, a las correspondientes Autoridades del Estado respectivo. Estamos ante la verdadera prueba del nueve acerca de la voluntad real de la Iglesia por acabar con semejante ‘cáncer’ eclesial. El paso dado en tal sentido es muy definitorio y, por ello mismo, ha de permanecer inamovible. ¿Cómo es posible que todavía se expresen resistencias a un claro criterio de actuación fijado por la más alta instancia vaticana? ¡Vaya irresponsabilidad! ¡Vaya vergüenza!
Esta orientación -a pesar de las resistencias que todavía subsisten y a pesar de los claros incumplimientos de bastantes Conferencias episcopales- vuelve a ser reafirmada y exigida en términos inequívocos por el papa Francisco. En efecto, en Carta de 2 de febrero de 2015 (dirigida a los Presidentes de la Conferencias episcopales), recuerda que «se debe vigilar atentamente que se cumpla plenamente la circular emanada por la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 3 de mayo de 2011, para ayudar a las Conferencias Episcopales en la preparación de las líneas maestras para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte de clérigos. Es importante que las Conferencias Episcopales adopten un instrumento para revisar periódicamente las normas y comprobar su cumplimiento». ¡Más claro, agua! Las resistencias existentes han de abandonarse. La Santa Sede -el papa Francisco- urge el cumplimiento en todos sus términos de la Carta Circular de 2011 en la que se han fijado dos criterios o principios inamovibles: trasparencia y cooperación. Los escandaloso aparece cuando resulta que, después de cuatros años, todavía existen Conferencias episcopales que han hecho caso omiso del mandato de la CDF. ¡Qué entenderán muchos obispos por «unidad fiel y obediente» al papa y «por comunión» con su orientación pastoral.