Gregorio Delgado

La CDF, ¿está por la labor? (II)

"También, en la Iglesia, una justicia lenta acaba por no ser justicia"

La CDF, ¿está por la labor? (II)
Gregorio Delgado

Es perfectamente posible organizar toda esta temática a nivel de cada Conferencia episcopal mediante la creación de Tribunales de primer y segundo grado

(Gregorio Delgado, catedrático).- Una de las responsabilidades primordiales e indiscutibles de la CDF es, en estos momentos, su actuación como Tribunal para juzgar el posible delito de abuso sexual del clero frente a menores (1). En este aspecto, es cierta la precisión del Card Müller en su respuesta a Marie Collins.

Ahora bien, el ejercicio de esta función judicial debiera haber llevado a su prefecto, ante la multiplicidad de los casos a resolver y la acumulación del trabajo (2), a pensar en una posible solución más ágil y dinámica que la actual. Él conoce como nadie las dificultades existentes, de muy diferente tipo y naturaleza, para tratar estos asuntos tan personales con la diligencia y atención debidas. Él sabe mejor que nadie la calidad del servicio que presta ahora como Tribunal, sus lagunas y deficiencias, y las críticas que recibe por ello. Él no puede ignorar -aunque no es una función estrictamente judicial- la función que tiene atribuida en relación con la revisión de la investigación previa (ámbito diocesano) y la indicación del ulterior camino a seguir.

Él tampoco puede ignorar, aunque en la revisión de la CDF se dé como bien instruida la investigación previa, los serios problemas que se advierten en relación con sus principios informadores y, sobre todo, en relación con los derechos de todos los implicados (3). Él tampoco desconoce cómo la CDF realiza la investigación previa en ciertos casos concretos y las serías críticas que ha recibido por ello. ¿Ha pensado el Card Múller en alguna futura solución concreta, en alguna reforma del contenido competencial y del procedimiento vigentes? ¿La ha propuesto al Papa? ¿No piensa el Card Müller que se deberían reformar los cánones relativos a la investigación previa y el propio MSST en vigor? Todo es susceptible de mejorar y de adaptarse en forma más fiel a las exigencias evangélicas y culturales.

En la respuesta a Marie Collíns, el Card Müller expone que «è un malinteso che questo dicastero, a Roma, possa occuparsi di tutte le diocesi e ordini religiosi nel mondo. Non si rispetterebbe il principio legittimo dell’autonomia delle diocesi e della sussidiarietà» (4). Complace escuchar, en boca de tan ilustre príncipe, la invocación del respeto a la autonomía de la Iglesias locales y al principio de subsidiariedad. ¡Magnífico! Espero que sea sincera. Pero, al mismo tiempo, espero que sea consecuente con tal invocación. Esto es, espero que no se trate de una posición meramente táctica para salir (supuestamente) airoso en su diatriba con la señora Collins sino que, efectivamente, participe del impulso organizativo que exigen y conllevan tales principios (autonomía y subsidiariedad), contenidos en la doctrina conciliar del Vaticano II.

Dicho de otro modo, el Card. Müller no puede ignorar que la exigencia de tan básicos y esenciales principios de organización (derecho constitucional) debiera llevarle a proceder y a proponer grandes reformas estructurales en la Iglesia, con abandono, de una vez por todas, del sistema de poder romano (5). Si es válido para justificar la no respuesta a misivas de las víctimas de abuso sexual del clero (respuesta a la Sra Collins), con más razón (al menos, igual) debiera invocarse para su vigencia en aspectos directamente relaciones con la responsabilidad del obispo diocesano en el tema del abuso sexual del clero, que la propia CDF ha subrayado (Carta Circular 2011). ¿Es ésta la posición actual del prefecto de la CDF? ¿Acaso la comunidad cristiana percibe que el prefecto de la CDF está en esta línea de respeto y realización efectiva en la Iglesia de la autonomía de las Iglesias locales o, por el contrario, percibe que integra el grupo de resistentes a la reforma de la Curia romana, que está impulsando el papa Francisco?

Por otra parte, el Card Müller conoce perfectamente la doctrina del Vaticano II y sus exigencias para el gobierno de la Iglesia. Por esta razón, parece que no tendría que oponer nada a que la colegialidad episcopal y el principio de sinodalidad gocen -ya era hora- cada día de un mayor predicamento e impulso en la Iglesia (6). Igualmente y en total coherencia con la doctrina conciliar, el prefecto de la CDF conoce y sabe que la reforma de la Curia romana se inspira, sin duda alguna, en el principio o criterio de ‘una sana descentralización’.

Pues bien, si hacemos nuestro el argumento del Card Müller, las competencias actuales de la CDF (todos los casos de abuso sexual del clero aparecidos en el mundo entero, si la acusación es verosímil, han de remitirse a la CDF) serían contrarias al legítimo principio de autonomía de las Iglesias particulares y al principio de subsidiariedad. ¿Por qué, entonces, el Card Müller no ha encabezado ya una propuesta para su modificación a fin de respetar tan esenciales principios organizativos? No quiero pensar que está laborando para seguir en el mantenimiento de la tradicional posición de la CDF, esto es, que siga siendo el dicasterio más poderoso en el entramado curial. Si alguien conoce la doctrina conciliar y sus exigencias en el gobierno de la Iglesia es el Card Müller. ¿Por qué, entonces, no lidera una nueva reforma global del MSST a la vista de la gran experiencia atesorada en el tiempo por la propia CDF?

Una cosa parece cierta. Si en algo insiste la normativa canónica vigente sobre el tema del abuso sexual (incluso la emanada por la propia CDF: Carta Circular 2011) es en el protagonismo del Obispo diocesano: «La responsabilidad para tratar los casos de delitos de abuso sexual contra menores por parte de clérigos corresponde, en primer lugar, al Obispos diocesano» (Carta Circular 2011). ¿No le parece al Card Müller un contrasentido o una falta de confianza respecto de quien ha realizado la investigación previa y encuentra la acusación verosímil el hecho de que tenga que ser remitido el expediente, de modo necesario, a la CDF a los efectos de revisarlo y ordenar los ulteriores pasos a cumplir? ¿No le parece que semejante centralismo es innecesario y expresión de desconfianza respecto de los obispos diocesanos? ¿Quién puede asegurar que el modo cómo la CDF ha realizado alguna investigación previa ofrezca mayores garantías de buen proceder, incluso en contraste como se procede de conformidad con algunos protocolos en vigor?

Si la CDF se viese liberada y aliviada de este trabajo (a fin de cuentas, los casos -salvo muy contadas excepciones- son juzgados en primera instancia en el ámbito diocesano, siguiendo instrucciones de la CDF), dispondría de más posibilidades reales para atender mejor al ejercicio de otras funciones sobre el particular y liderar la lucha contra la plaga del abuso sexual del clero. ¿No es posible, señor cardenal, una modificación legal en este punto? ¿Por qué no ha ofrecido ya una propuesta al respecto, que, sin duda, sería recibida como expresión cierta de la colaboración real de la CDF con el papa Francisco?

En este contexto, deberíamos preguntarnos si es absolutamente necesario que la apelación a las decisiones de primera instancia (ámbito diocesano) sólo pueda organizarse como dispuso el MSST, esto es, sólo a través del Supremo Tribunal de la CDF. El Cardenal Müller no ignora las dificultades y los problemas -en términos de realización de la justicia- a que el régimen organizativo vigente da pie. También, en la Iglesia, una justicia lenta acaba por no ser justicia. También en la Iglesia obligar al justiciable (hallado culpable en primer grado) a tener que defenderse a distancia (Tribunal único de apelación: Roma) es, de hecho, hacer muy difícil (muy costosa) la propia defensa y, en consecuencia, propiciar de hecho el desistimiento o la renuncia a la misma. ¿Es este el modelo de justicia que se quiere propiciar (7)? ¿No piensa el Señor Cardenal que ‘el secreto pontificio’ plantea problemas serios, que no prestigian la justicia canónica y que impiden que ésta sea ‘espejo’ ante el mundo (8). ¿Qué ha propuesto el Card Müller para superar la situación actual, que parece desbordar a la propia CDF?

Personalmente he ofrecido una solución diferente a la vigente en la actualidad. Es perfectamente posible organizar toda esta temática a nivel de cada Conferencia episcopal mediante la creación de Tribunales de primer y segundo grado (9). Por otra parte, el propio Francisco es consciente del problema. Ha hablado a su regreso de Fátima y ha expresado que «… se piensa en ayudas continentales, o dos por continente: por ejemplo, en América Latina, una en Colombia, otra en Brasil. Serían como pre-tribunales, o tribunales continentales. Pero esto está en estudio» (OR 20, 2017, 6).

¿Qué piensa sobre el particular la CDF? El problema es evidente. No se debe continuar como hasta ahora. Urgen respuestas viables y eficaces, que acerquen la justicia a los justiciables, que faciliten el pleno ejercicio del derecho a la propia defensa, que respeten los derechos de todos los implicados, y que lo hagan en un tiempo razonable. ¿Qué colaboración ofrece la CDF para proceder a este tipo de reforma? ¿Por qué, en este tema (está en juego la recuperación de la credibilidad y fiabilidad) se ha de permanecer inamovibles?

Ante la contemplación de la realidad, de lo que realmente viene ocurriendo, uno no puede eludir, a la vista de la posición de ciertos responsables y colaboradores del papa Francisco, la siguiente pregunta: ¿Qué entenderán por ejercicio de un poder recibido al servicio del Papa y por ‘unidad fiel y obediente’ al mismo? En todo caso, «reforma no es ‘pintar’ un poco las cosas: reforma es dar otra forma a las cosas, organizarlas de otra manera» (Francisco, OR 18, 2017, 3).

Al valorar lo expuesto, me permito recomendar al lector el refranero español. En concreto, aquel que dice: «Obras son amores, que no buenas razones». ¡Tú mismo!

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Autor

José Manuel Vidal

Periodista y teólogo, es conocido por su labor de información sobre la Iglesia Católica. Dirige Religión Digital.

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