El asunto "drag queen"

¿Puede ser confesionalmente cristiana una asociación de abogados?

Existen asociaciones y grupos a los que no cabe atribuirles el calificativo de confesionales

¿Puede ser confesionalmente cristiana una asociación de abogados?
El asunto "Drag queen" 2017

Para colmo una parte no pequeña de la sociedad cree que el Obispado alienta en la sombra las acciones de dicha asociación. Nada más lejos de la realidad. Esta asociación mas bien usa el nombre de cristiano en falso. Me parece inmoral

(Eugenio Alberto Rodriguez).- Menudo lío está montando la Asociación de Abogados cristianos en Las Palmas de Gran Canaria llevando a los Juzgados el asunto «drag queen». Asociación civil, por cierto, cosa que a algunos sorprenderá. No es de ahora el debate de cómo pueden estar presentes los cristianos en la sociedad. Uno de los extremos intolerables es considerar que la religión se recluya en las sacristías. Eso no es de recibo. Pero tampoco es aceptable pensar que puedan ser confesionales cosas como las señales de tráfico.

Entre esos dos extremos hay multitud de realidades. ¿Puede atribuirse el calificativo «cristiano» un colegio? ¿Puede serlo un hospital? ¿Una emisora de radio? ¿Un periódico? ¿un sindicato? ¿un partido? ¿un equipo de futbol? Entre los textos más clarificadores al respecto encontramos un documento de los obispos españoles: Católicos en la vida pública.

Dice en el número 142: «También la Iglesia, a la que corresponde velar por el recto uso del nombre de cristiano o católico, acepta la legitimidad de una tal denominación cuando el objetivo propuesto y los procedimientos utilizados para alcanzarlo pueden ser acreedores de tal calificativo. Así puede ocurrir particularmente en obras y proyectos de carácter predominantemente educativo o asistencial. Hablar de centros de educación o de hospitales católicos, aun reconociendo sus inevitables limitaciones humanas, es comúnmente aceptado y justificado».

Y en el 144: «Existen, sin embargo, asociaciones y grupos a los que, aun afirmada su inspiración cristiana en razón de los objetivos pretendidos y de los procedimientos empleados, no cabe atribuirles el calificativo de confesionales. Así sucede con aquellas asociaciones o instituciones en las que los condicionamientos impuestos por las mediaciones humanas tanto técnicas como ideológicas, la naturaleza de las estrategias a utilizar o el carácter coyuntural de las decisiones a tomar, difícilmente pueden justificar el calificativo de cristianos o católicos en su pleno sentido confesional. Es el caso de los partidos políticos, de las asociaciones sindicales u otras semejantes».

Leído esto parece claro que no puede señalarse a si misma como cristiana la asociación de algunos abogados que tienen un fin concreto. Puede haber abogados defendiendo cosas muy distintas y que también sean cristianos. Está muy claro el carácter coyuntural de decisiones como llevar a juicio o no una determinada manifestación. Hay otros abogados (también cristianos) que no creen que deba darse esa batalla judicial. Por tanto unos tienen derecho a esa acción y otros tienen derecho a no hacerla; pero ni unos ni otros pueden «apropiarse» el calificativo de «cristianos».

En concreto en Las Palmas de GC esta asociación creemos que no está jugando limpio. No sabemos quiénes son y no quieren dialogar -ni en directo ni por escrito- con quienes les hemos escrito a su dirección de correo electrónico. Un debate público a este respecto podría ser bien clarificador.

Para colmo una parte no pequeña de la sociedad cree que el Obispado alienta en la sombra las acciones de dicha asociación. Nada más lejos de la realidad. Esta asociación mas bien usa el nombre de cristiano en falso. Me parece inmoral.

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Autor

José Manuel Vidal

Periodista y teólogo, es conocido por su labor de información sobre la Iglesia Católica. Dirige Religión Digital.

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