¿Qué nos ocurrió? ¿Cómo pudimos llegar al contrasentido de nuestra misión que significa el daño a menores? ¿Cómo recuperar nuestra debilitada credibilidad de hoy?
La Conferencia Episcopal chilena presentó este miércoles el documento con las líneas a seguir por la Iglesia Católica ante casos de abuso sexual, el cual es vinculante y comienza a regir desde el próximo 16 de julio.
El texto está titulado «Cuidado y Esperanza. Líneas Guía de la Conferencia Episcopal de Chile para tratar los casos de abusos sexuales a menores de edad» y su decreto de promulgación fue firmado este domingo 24 de mayo por todos los obispos diocesanos en el país.
El obispo de Rancagua y vicepresidente de la Conferencia Episcopal, Alejandro Goic, sostuvo que ha habido un antes y un después tras los casos de abuso sexual como el caso de Fernando Karadima: «Ayer éramos los obispos quienes clamábamos verdad y justicia. Hoy hermanos y hermanas nuestras exigen de nosotros, pastores, garantías más contundentes de que no hay lugar en el sacerdocio para quienes abusan de niños, niñas y jóvenes».
El presidente del Consejo Nacional de Prevención de Abusos y Acompañamiento de Víctima declaró que «los abusos contra menores perpetrados por clérigos marcan ciertamente un antes y un después en la vida eclesial chilena y nos preguntamos: ¿Qué nos ocurrió? ¿Cómo pudimos llegar al contrasentido de nuestra misión que significa el daño a menores? ¿Cómo recuperar nuestra debilitada credibilidad de hoy?».
«Corresponderá a otras generaciones poder mirar en perspectiva en qué fallamos. A nosotros, los obispos de la Iglesia Católica del Chile del 2015, nos toca dar un paso relevante en este acompañamiento y reparación», expresó.
Presentado por el secretario general de la Conferencia Episcopal, Cristián Contreras, el texto entrega procedimientos en el manejo de los casos de abuso, tanto para asistir a las víctimas como para formar a la comunidad eclesial en la protección de los menores de edad.
En torno a la prevención, se considera a la formación en la temática del abuso sexual para todas las personas que prestan un servicio pastoral, «con indicación clara de sus contenidos y alcances, como una estrategia básica de prevención».
Además, se dispone que respecto de quienes prestan los servicios en la Iglesia «se deberá verificar además que no tienen juicios pendientes en estas materias» y que «quienes contravengan las políticas de prevención establecidas, estarán inhabilitados para prestar sus servicios en la Iglesia».
También se entregan los procedimientos a seguir frente a las denuncias en el ámbito canónico, incluyendo la relación con las denuncias ante las autoridades estatales, «donde se reafirma la idea de alentar a que las víctimas ejerzan su derecho de acudir ante la justicia»
Mientras que en uno de los capítulos se establecen también «normas de carácter general para el cuidado de quien resulte denunciado, exhortándose a los clérigos que han causado daño a otros, a ‘responder de sus actos delante de Dios, de la sociedad y de sus superiores'» y se incluyen normas «normas para la supervisión de aquellos sancionados que permanecen en estado clerical«.
(RD/Agencias)