El CCM da una "perspectiva cristiana" sobre la Ley de Seguridad Interior

La Iglesia mexicana advierte de que «las fuerzas armadas no deben tener tareas metaconstitucionales»

"Ninguna institución política está por encima de la persona humana y su dignidad"

La Iglesia mexicana advierte de que "las fuerzas armadas no deben tener tareas metaconstitucionales"
Polémica en México por la Ley de Seguridad Interior Agencias

Nuestras Fuerzas armadas deben considerarse como instrumentos de la seguridad y libertad de los pueblos, no al servicio de determinadas tendencias políticas o de estrategias de seguridad fallidas, ni a planteamientos políticos incompetentes

(Guillermo Gazanini, corresponsal en México).- En un amplio documento, el Centro Católico Multimedial (CCM), dirigido por el sacerdote paulino Omar Sotelo Aguilar, ofreció una «perspectiva a la Ley de Seguridad Interior»: la disposición normativa en vigor y que ahora espera la determinación de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar o no la constitucionalidad de lo que implicaría la virtual militarización de las tareas de seguridad pública cuando, desde hace once años, el Ejército fue llamado a combatir a los cárteles del crimen organizado ante los vacíos policiales y ausencia de cuerpos profesionales para enfrentar a un enemigo superior en recursos y armamento.

El documento del CCM, elaborado por la Unidad de Investigación, da cuenta de los antecedentes legislativos de la Ley de Seguridad Interior y traza cuáles son los principales problemas que llevaron al Congreso de la Unión a aprobar dicha disposición, particularmente por el voto mayoritario del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional con notable oposición de los partidos políticos de izquierda.

De acuerdo con el CCM, los legisladores dieron el voto positivo a esta legislación debido a las transformaciones en cuanto al concepto de seguridad nacional, la necesidad de establecer procedimientos idóneos para la intervención de las fuerzas armadas para la protección de las instituciones, la corrupción en los cuerpos policiales y las nuevas amenazas que hacen vulnerables a las instituciones del Estado mexicano.

De esta forma citó algunas opiniones de obispos y de medios de información católica destacando las referencias hechas por los obispos Obispos de la Comisión para la Pastoral Social, CEPS-Cáritas de la Conferencia del Episcopado Mexicano, el pasado 13 de diciembre, a propósito de la Ley de Seguridad Interior; de monseñor Salvador Rangel Mendoza, obispo de Chilpancingo-Chilapa, región azotada gravamente por la violencia e impactada por el poder del narco; de monseñor Raúl Vera, obispo de Saltillo; del cardenal José Francisco Robles Ortega, arzobispo de Guadalajara y presidente de la Conferencia del Episcopado Mexicano; de monseñor Carlos Garfias Merlos, Arzobispo de Morelia y la cita de un párrafo del último editorial del semanario Desde la fe de la Arquidiócesis de México publicado el 24 de diciembre.

Según el CCM, la Ley de Seguridad Interior debe ser una legislación que proteja la vida y dignidad de las personas, primero y después ocuparse de la salvaguarda de las instituciones. El documento afirma que esa disposición legislativa, para que sea justa, debe establecer mecanismos para el gradual retorno de las fuerzas armadas a sus cuarteles, respetar los derechos de libre manifestación y difusión de las ideas y delimitar con claridad que sólo es al Ministerio Público quien corresponde la persecución de los delitos y salvaguardar cualquier base de datos en poder de los órganos autónomos para que no sea vulnerada la confidencialidad de los datos personales de los particulares.

«Perspectiva cristiana de la Ley de Seguridad Interior» concluye afirmando que las Fuerzas armadas deben considerarse como instrumentos de la seguridad y libertad de los pueblos, no al servicio de determinadas tendencias políticas o de estrategias de seguridad fallidas, ni a planteamientos políticos incompetentes; desempeñando bien sus funciones contribuyen realmente a estabilizar la paz y asegura que cualquier propósito distinto que quiera desvirtuar la naturaleza del Ejército sólo «crispará el ambiente» de la frágil condición social en el que vive México entero.

El documento completo del Centro Católico Multimedial:

Perspectiva cristiana a la Ley de Seguridad Interior

Centro Católico Multimedial / Unidad de Investigación

Antecedentes

El jueves 21 de diciembre fue publicada en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, la Ley de Seguridad Interior, controvertida legislación que pretenden la legitimación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública; sin embargo, el Presidente de la República anunció que se abstendría de cualquier declaratoria hasta la resolución de las acciones que distintos organismos, -Comisión Nacional de los Derechos Humanos, partidos políticos nacionales, senado de la República, autoridades estatales y municipales- interpongan ante la Suprema Corte Justicia de la Nación para que interprete la constitucionalidad de la disposición normativa en vigor.

El 30 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto por el que expide la Ley de Seguridad Interior, documento que tuvo sustento legislativo en varias iniciativas, destacando la del coordinador del grupo parlamentario del PRI en la Cámara Baja, presentada desde el 8 de noviembre de 2016.

Desde que se conocieron los argumentos de las iniciativas, se generó el debate de sobre el papel de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y su eventual regreso a los cuarteles. Debe tenerse en cuenta que, antes de las discusiones en el Congreso de la Unión, los altos mandos del Ejército exigían la regulación efectiva de las tareas del Ejército, Marina armada y Fuerza Aérea en una guerra que cumplió once años, el 10 de diciembre de 2017, cuando la presidencia de Felipe Calderón Hinojosa envió más de 6500 efectivos militares a su tierra, el Estado de Michoacán, controlado por el cartel de la Familia.

Ante el vacío legal, el actual secretario de la Defensa Nacional reclamó sobre un propósito largamente postergado. Devolver a los soldados a los cuarteles para encargarse de las tareas estrictamente consignadas en la Constitución, las de defensa del territorio y la seguridad exterior. El general secretario advirtió de una progresiva desmoralización de la tropa ante el desgaste de cada soldado por las tremendas tareas de seguridad interior (Cfr Secretario de la Defensa Nacional. Discurso a las Fuerzas armadas y el respeto irrestricto a los derechos humanos, Campo Marte, 16 de abril de 2016) además de la carencia de una legislación específica que respaldara la tarea del Ejército en el combate a las organizaciones criminales ante las constantes denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos.


En diciembre de 2016, ante periodistas, declararía que los soldados no fueron preparados para perseguir delincuentes: «Estamos pidiendo que se regularice la actuación de las Fuerzas Armadas, ya que los mexicanos quieren que estén en sus cuarteles, y yo sería el primero en levantar no una, sino las dos manos, para que nos vayamos a hacer nuestras tareas constitucionales». Tal exigencia volvió a reiterarse en la ceremonia de condecoraciones y ascensos al personal del Ejército, Fuerza Aérea y Marina, el 20 de noviembre de 2017, ante la parálisis en legislativa, particularmente por el proceso electoral del junio pasado, para expedir la ley de seguridad interior y la reforma constitucional en materia de mando mixto.

Ante la conclusión del primer período ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión y el inicio del proceso electoral, los diputados decidieron dar el primer paso, antes que el senado, para proponer un proyecto de decreto. El jueves 30 de noviembre, con dispensa de todos los trámites, los diputados aprobaron el dictamen por 248 votos a favor, 115 en contra y 48 abstenciones después de una sesión donde se desecharon todas las reservas de la oposición. Finalmente, tras una semana apresurada de consultas a responsables municipales, estatales, líderes de opinión y responsables en materia de seguridad pública, particularmente el 11 de diciembre, el senado de la República abordó la discusión de la controvertida legislación realizando modificaciones a los artículos 1, 7, 8, 9, 10, 16, 21, 22, 26 y la adición de un artículo quinto transitorio. El dictamen de la minuta de la Cámara de Diputado fue aprobado, la madrugada del 15 de diciembre, por 75 votos a favor, 44 en contra y tres abstenciones. La minuta se devolvió a la Cámara de origen para que, sin modificación alguna, fuera aprobado el mismo 15 de diciembre por 262 votos a favor, 55 en contra y ninguna abstención para remitirlo al Poder Ejecutivo.


Problemática

¿Qué controversias presenta la ley de seguridad interior? ¿Implica la virtual militarización del país? Hay que tener en cuenta un dato contundente. La presente administración 2012-2018 ha duplicado la presencia militar en el territorio de la República respecto del último sexenio panista. A 2016, 22 entidades tenían presencia de las Fuerzas Armadas, incluida la Ciudad de México, lo que equivale al 75% de cobertura del territorio nacional.

A mayor abundamiento, el dictamen de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados reconoció problemáticas concretas que impelen a la creación de la nueva legislación. Ante los vacíos legales, afirmó las siguientes conclusiones para justificar la ley de seguridad interior:

1.- El cambio de paradigma sobre seguridad nacional. Ante nuevas amenazas y riesgos, el concepto se ve diversificado para crear un concepto que sea especie del primero: la seguridad interior.

2.- Adecuados procedimientos. Ante estas nuevas amenazar y riesgos, se necesitan de procedimientos «idóneos» para que las autoridades encargadas de la defensa nacional tengan herramientas para afrontar los conflictos internos.

3.- Justificación de la intervención de los militares en las calles. La participación de las fuerzas armadas en las tareas de defensa y preservación de la seguridad y paz interior es necesaria ante las defectuosas corporaciones policiales sin profesionalización, adecuadas técnicas del combate al crimen o, lo peor, infectadas de corrupción.

4.- La articulación de las fuerzas de seguridad. Ante los esfuerzos desestructurados en el combate al crimen organizado, los estudios y discusiones legislativas consideran justificar la intervención de las fuerzas armadas para atender situaciones urgentes donde se encuentra comprometido el estado de derecho o bien hay una fractura de las instituciones consecuencia de la actividad del crimen.

5.- Nuevas amenazas. El crecimiento de amenazas internas ha puesto en vulnerabilidad algunas instituciones del Estado y que no puede enfrentarse con las fuerzas civiles; en este caso, debe asumirse la responsabilidad de emprender acciones aptas para controlar la situación según las consideraciones de los legisladores de la Cámara de origen. El reconocimiento del poder legislativo llevó a concluir que la «amenaza rebasa las capacidades individuales de las autoridades haciendo indispensable que actúen de manera coordinada hasta en tanto la misma sea neutralizada».


Perspectiva cristiana

La militarización de la seguridad pública fue escalando debido a la problemática subsiste y ausencia de las debidas capacidades y profesionalización de los cuerpos policiales propiciando un vacío en las tareas de seguridad que ahora deben ser ocupadas por las fuerzas armadas. La disposición de los elementos armados en estas tareas ha dejado de verse «como último recurso» para ser recurso ordinario sin debidas regulaciones.

Las fuerzas armadas no deben tener tareas metaconstitucionales e ilimitadas. La ley ahora en vigor debería establecer criterios bien limitados para definir amenazas específicas a la seguridad interior que justifiquen la presencia del Ejército en las calles. Seguridad pública y seguridad interior deben ser definiciones perfectamente deslindadas para cubrir lagunas y evitar criterios interpretativos inadecuados.

En este sentido, organizaciones católicas, obispos y organismos de la Conferencia del Episcopado Mexicano han determinado, en general, su preocupación por la Ley de Seguridad Interior y pueden resumirse en los siguientes argumentos:

1.- «Hoy se requieren acciones legislativas que, en un paquete con visión integral, marquen una ruta crítica para resolver las causas, pero también eviten la permanencia de políticas como la de la presencia de las fuerzas armadas en funciones policiacas y logren un consenso de todas las fuerzas políticas y sociales en orden a establecer estructuras nacionales, estatales y municipales de seguridad eficaces y respetuosas de los derechos de todos. Decisiones basadas en acuerdos que lleven a formas de corresponsabilidad y complementariedad y que darán un mejor resultado que las decisiones tomadas desde una perspectiva parcial. Avancemos ya hacia tener instituciones que, con capacitación, coordinación y equipo cualificados, provean nuestra seguridad interna, para así dejar al ejército en su función de seguridad nacional». (Cfr Mensaje de los Obispos de la Comisión para la Pastoral Social CEPS- Cáritas de la Conferencia del Episcopado Mexicano «Con decisión construyamos la paz, basta de falsas seguridades», 13 de diciembre, 2017).


2.- La Ley de Seguridad Interior es disposición hecha al «al vapor», de tal suerte que al Presidente de la República se le dan ahora todas las facultades para decidir dónde deben atacar las fuerzas armadas, «cuando en una democracia debe haber equilibrio entre los diferentes poderes». (Mons. Salvador Rangel Mendoza, obispo de Chilpancingo Chilapa. Entrevista: «La totalidad de Guerrero en manos del narco», obispo de Chilpancingo, Vida Nueva Digital, 6 de diciembre de 2017).

3.- La Ley sobre seguridad interna, «plantearla como una ley sin ponerle todos los elementos correspondientes, puede convertirse en una amenaza… puede ser oportuna si es algo transicional y con aspectos muy puntuales en tiempos y exigencias de todos los involucrados». (Mons. Carlos Garfias Merlos, Arzobispo de Morelia. Entrevista: La Ley sobre seguridad interna, oportuna si es transicional: Mons. Carlos Garfias Merlos, SIAME, 10 de diciembre).

4.- «Esta medida de seguridad me parece muy riesgosa, en el sentido de que opta por la presencia y la participación del Ejército, de la Marina permanentemente en la vida del país, eso no debiera ser». (Cardenal José Francisco Robles Ortega, Arzobispo de Guadalajara. Entrevista: Riesgosa, la Ley de Seguridad Interior. Robles Ortega, 10 de diciembre).

5.- «La Ley de Seguridad Interior aprobada no respeta ni la Constitución ni los tratados internacionales; amenaza los derechos humanos; no soluciona los problemas de inseguridad; no contiene contrapesos y controles para supervisar el despliegue militar extraordinario que impulsa; eleva a rango legal una estrategia en materia de seguridad que ha fallado a la largo de la última década; y trastoca profundamente la relación cívico militar, dotando de poderes sin contrapesos al sector castrense lo que conlleva un riesgo sustantivo dada la fragilidad institucional de nuestro país». (Comunicado de Prensa del Centro Proderechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez: Frente a la Imposición De La Ley De Seguridad Interior, Indispensable Activar Controles Extraordinarios, 11 de diciembre)

6.- «Nos afectará por igual a todos los estados del país donde se incorporará un régimen militarista que pesará sobre todos, lo que en vez de ayudarnos nos perjudicará». (Fr. Raúl Vera López, obispo de Saltillo. Entrevista: Obispo Raúl Vera se manifiesta en contra de la Ley de Seguridad Interior. 21 de diciembre).

7.- «La presencia de las fuerzas armadas en las calles aminoró un camino hacia el desastre. Sin embargo, la urgencia principal, es que esa legislación tenga como eje rector el respeto total de los derechos humanos de los ciudadanos que quieren vivir en paz». (Editorial semanario Desde la fe, Arquidiócesis de México. SIAME. 24 de diciembre).


Lo anterior, permite deslindar cinco objetivos que deben primar en la Ley de Seguridad Interior y que desde la perspectiva cristiana son los siguientes:

1.- Ninguna institución política está por encima de la persona humana y su dignidad. La doctrina de la Iglesia vela siempre por el bien de la persona y sus derechos conforme a los criterios del Evangelio. Cualquier legislación sospechosa de ser contraria a este fin último debe ser rechazada. La seguridad interior no es exclusivamente una condición que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de las instituciones políticas, debe ser garante del bienestar de cualquier persona afectada por un evento grave y perturbador de la paz.

2.- La intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública no debe otorgarse bajo criterios discrecionales e ilimitados. Debe proponer alternativas progresivas para la profesionalización de las fuerzas civiles y devolver al Ejército a los cuarteles bajo la dirección del personal responsable y debidamente cualificado en el respeto a los derechos humanos.

3.- La Ley de Seguridad Interior debe establecer de forma clara y limitada cuáles son las acciones de las que se ocupan las fuerzas armadas para devolver la paz en cualquier zona perturbada y amenazada. Ninguna acción armada puede justificarse contra el ejercicio del derecho de libre difusión de las ideas y de manifestación pública pacífica.

4.- La persecución de los delitos tiene delimitación de competencias establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Las Fuerzas armadas son incompetentes para fungir como autoridades ministeriales, por lo que la nueva legislación debe ser correctamente interpretada para las Fuerzas armadas no realicen actividades de persecución de delitos correspondientes sólo al Ministerio Público.

5.- Ninguna tarea de seguridad interior o inteligencia justifica la disposición irrestricta de los datos personales de cualquier ciudadano. La gravedad del asunto deriva en la obligación que se pretende imponer a las autoridades federales y órganos autónomos a proporcionar cualquier información en su posesión vulnerando la integridad de cualquier base de datos con propósitos específicos para los que fueron otorgados. De manera general, sólo la persona titular es dueña de sus datos e información personal y no puede ser poseída o divulgada bajo ninguna circunstancia salvo las excepciones establecidas en la legislación correspondiente. Cualquier disposición irrestricta sería contraria a los derechos de confidencialidad e intimidad de las personas.


Conclusión

Las fuerzas armadas han hecho labores heroicas que han devuelto relativa estabilidad a regiones del país, pero también hay otras que perturban seriamente el orden y han puesto en tela de juicio su capacidad por el respeto de derechos humanos y colectivos. El problema no se refiere exclusivamente al uso del poder militar para vencer a cualquier enemigo ante la incapacidad de la autoridad civil. En el fondo es la ausencia de medidas, métodos y estrategias a los que se han invertido presupuestos altísimos sin resultados contundentes.

Millones de pesos apuestan a estrategias fallidas -Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalaron que en 2016 hubo un gasto en seguridad pública de 1.25% del PIB, equivalente a 236.8 mil millones de pesos; como bien afirman los obispos de la Comisión Episcopal de Pastoral Social, la Ley de Seguridad Interior no se ocupa de lo fundamental, es una forma de reacción ante factores que contribuyen a la violencia y a la inseguridad (que) siguen vigentes y, aún más, se han endurecido, entre ellos la corrupción, la desigualdad, el desempleo, la impunidad, la ineficaz procuración de justicia, el abandono al campo, entre otros. Por otra parte, la violencia y la inseguridad ya se han extendido a casi toda la geografía nacional y algunas de nuestras ciudades forman parte del elenco vergonzoso entre las más violentas del mundo. (Cfr CEPS- Cáritas. Con decisión construyamos la paz, basta de falsas seguridades, 13 de diciembre, 2017).


Ante la rampante violencia, la carencia de cuerpos policiales calificados en gran parte del territorio nacional y la progresiva militarización de la seguridad, la Iglesia en México ha manifestado su preocupación en diversos momentos como se ha detallado en líneas arriba; es urgente que nuestros soldados tengan la debida atención psicológica y espiritual -ecuménica e interreligiosa- que les mantenga en el sano equilibrio de todas sus dimensiones personales para realizar su tarea de forma diligente, apegada a derecho, de respeto por los ciudadanos, pero también procurando los derechos del personal castrense.

En México, los grandes cambios que ha habido no sólo se refieren «a la profesión militar y a las características de la vida castrense, sino también en el común sentir de la sociedad de nuestro tiempo respecto a la naturaleza y función de las Fuerzas Armadas en la convivencia de los hombres». (Cfr Juan Pablo II. Constitución Apostólica Spirituali Militium Curae. Introducción, 21 de abril de 1986.

Nuestras Fuerzas armadas deben considerarse como instrumentos de la seguridad y libertad de los pueblos, no al servicio de determinadas tendencias políticas o de estrategias de seguridad fallidas, ni a planteamientos políticos incompetentes; «desempeñando bien sus funciones contribuyen realmente a estabilizar la paz» (Cfr. Constitución Pastoral Gaudium et Spes, No. 79 y Constitución Apostólica Spirituali Militium Curae. Introducción). Cualquier otro propósito ajeno a lo anterior, seguirá crispando el ambiente de nuestra frágil condición social.

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Autor

José Manuel Vidal

Periodista y teólogo, es conocido por su labor de información sobre la Iglesia Católica. Dirige Religión Digital.

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