No me parece aceptable que obispos-cardenales manifiesten dudas del magisterio pontificio del Papa Francisco, pues no se trata de opiniones personales del mismo sino ejercicio de su ministerio petrino magisterial
(José M. Vidal).- Uno de los profesores del curso online del Boston College, ‘Claves para interpretar la Amoris Laetitia’, es Alberto Múnera, jesuita y profesor de la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia. El teólogo lleva una sección que versa sobre la vida moral y el discernimiento, un proceso este que dfine como un «mecanismo indispensable de la conciencia», que facilita «proceder de manera diferente a lo comúnmente establecido» en casos morales concretos. Y «sin incurrir en culpa subjetiva».
Profesor, ¿por qué ha decidido participar en el curso online ‘Claves para interpretar la Amoris Laetitia’ y cuál va a ser su papel en él?
He decidido participar por tres motivos: 1. Porque el tema de la familia y los problemas morales que implica es de gran interés para todo teólogo moralista. 2. Porque en este documento el Papa Francisco aplica de manera admirable la doctrina teológica moral del Concilio Vaticano II y se constituye en una orientación para la investigación y docencia en teología moral. 3. Porque como jesuita comparto los principios teológicos y de espiritualidad ignaciana del Papa Francisco y que pone de relieve en su documento.
Mi colaboración en este curso corresponde al tratamiento del discernimiento que propondré en tres momentos: en el Nuevo Testamento, especialmente en San Pablo; en la teología moral proveniente del Concilio Vaticano II; y en el mismo documento Amoris Laetitia.
¿Cuál es, a su juicio, la razón última de las resistencias que la Amoris Laetitia está encontrando en los sectores eclesiásticos más conservadores, con algunos cardenales a la cabeza?
El Concilio Vaticano II presenta una profunda revolución en asuntos fundamentales de la teología, tales como la comprensión de la revelación divina sucedida en el Señor Jesucristo como base de toda teología, siendo el objeto de esta revelación Dios mismo y su plan de divinizar al ser humano (DV 2); la comprensión de la fe como acogida de la persona del Señor Jesucristo antes que la aceptación de doctrinas; la aplicación de la exégesis a la Sagrada Escritura; la primacía del Nuevo Testamento con respecto al Antiguo al que se recibe y se interpreta desde el Nuevo; la antropología teológica resultante de la revelación de Dios en Cristo, Palabra humanada; la revelación co-extensiva con la historia en razón de la voluntad salvífica universal de Dios; la necesidad de realizar con obras el bien al prójimo como respuesta a la oferta de Dios a todo ser humano para su salvación; bien del prójimo captado por la conciencia de cada uno y ejecutada por su propia libertad, lugares en los que opera la gracia crística desde el inicio de la humanidad (LG 16).
Todo esto y mucho más no ha sido suficientemente comprendido y acogido por un sector en la Iglesia, por lo que el Papa recordaba que «llevamos 50 años de atraso del Concilio».
¿Es de recibo que algunos cardenales hayan planteado públicamente sus ‘dubia’? ¿Están ya contestadas?
No me parece aceptable que obispos-cardenales manifiesten dudas del magisterio pontificio del Papa Francisco, pues no se trata de opiniones personales del mismo sino ejercicio de su ministerio petrino magisterial y mucho más en una Exhortación postsinodal que recoge el pensamiento y expresión del colegio episcopal que el Papa preside, según la eclesiología de la Lumen Gentium.
¿Qué opina el jesuita, profesor de la Javeriana, de la tesis que mantienen algunos, según la cual el hecho de que, en algunos casos, los divorciados vueltos a casar puedan comulgar sería el principio del fin del edificio moral católico?
Como teólogo comprendo los problemas que desde un Derecho Canónico no suficientemente examinado se presentan a quienes analizan el asunto casi exclusivamente en términos de aplicación de las leyes que se consideran absolutas e inviolables, o que perciben que la violación objetiva de una ley, irremediablemente determina pecado mortal.
Bien analizado el Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, posee preciosos planteamientos de doctrina tradicional católica, como cuando muy evangélicamente reconoce la posibilidad de las circunstancias atenuantes y eximentes de culpa subjetiva y por tanto de pecado mortal. Por ejemplo, el Canon 1324 en el numeral 10 afirma que la más mínima reducción de la plena imputabilidad hace inaplicable la pena de excomunión latae sententiae porque presume que no ha existido culpa subjetiva.
Si la conciencia bien formada de un sujeto cristiano que no considera haber incurrido subjetivamente en pecado mortal, le lleva a comulgar buscando la Eucaristía como soporte de su vida de gracia no perdida, y con la intención de seguir creciendo en ella en camino hacia el logro del ideal, pastoralmente no parece que sea posible negarle el acceso al sacramento.
¿Cómo discernir sin caer en la manga ancha del todo vale?
Pretender que todo vale significaría renunciar al orden objetivo de la moralidad que es el punto de referencia de toda conciencia cristiana cuando se plantea una situación compleja que debe ser discernida. Precisamente el discernimiento se propone como mecanismo indispensable de la conciencia para establecer los casos particulares en los que, con la ayuda del Espíritu Santo presente en toda conciencia, es posible proceder de manera diferente a lo comúnmente establecido, sin incurrir en culpa subjetiva.
¿Dónde se sitúa la Amoris Laetitia en el magisterio del Papa Francisco?
Se sitúa en conformidad con su magisterio en Evangelii Gaudium y en un conocimiento sólido y profundo de los principios evangélicos desarrollados en las constituciones dogmáticas y demás documentos del Concilio Vaticano II. Y se sitúa en un proceso de progresivo desarrollo de la doctrina moral tradicional de la Iglesia enunciada muy claramente por Santo Tomás de Aquino en la Suma Teológica, concretamente en su afirmación sobre la interpretación de la ley natural, que sucede por el necesario ejercicio de la conciencia individual en el discernimiento de lo correcto en las situaciones concretas. Lo que la teología moral tradicional llama «el juicio práctico de la conciencia».
¿La razón última de las resistencias de algunos obispos contra Francisco es que no están dispuestos a pasar de funcionarios de lo sagrado a servidores de los pobres?
Fieles al Concilio (GS 16), no podemos emitir juicio alguno sobre la conciencia de nadie pues solo Dios es juez de la misma. Pero ciertamente resulta doloroso dentro de la Iglesia que algunos asuman solamente el magisterio pontificio que resulta acorde con su visión filosófica o teológica, y se tienda a cuestionar el que se presenta en consonancia con otra, que evidentemente proviene del Evangelio y el Concilio, y es compartida por el ejercicio de la colegialidad presidida por el Papa como es el caso del Sínodo y la Exhortación postsinodal.
¿Profesor, puede un católico defender la despenalización del aborto, que, en estos momentos, se está planteando en Argentina, por ejemplo?
En la actualidad globalizada las democracias han reconocido la laicicidad de los Estados como la manera más adecuada de incluir a todos los ciudadanos en el ordenamiento del Estado y evitar su teocratización. Lo cual incluye la posibilidad de que los católicos, en conformidad con su conciencia y las indicaciones del magisterio, tengan derecho a hacer conocer sus puntos de vista en la elaboración de las leyes, sin que se pretenda obligar a todo un Estado plural a legislar según los planteamientos de una religión específica.
En el caso de la despenalización civil del aborto (que no obliga a ningún católico a proceder contra su conciencia), los legisladores del Estado tienen derecho a legislar de manera que se evite un evidente mal mayor masivo como suele ser el aborto clandestino que causa abundante mortalidad materna que se podría evitar, además de la ya dolorosa pérdida causada por el mismo aborto.
Es legítimo según la teología moral católica tradicional el acudir al principio del bien mayor o del mal menor, según criterios propuestos por los moralistas, con el fin de discernir la solución más adecuada en el análisis honesto de una complejísima situación social como es el aborto en una sociedad plural. Por lo demás, el Derecho Canónico despenaliza el aborto, en cuanto excluye la pena de excomunión latae sententiae, en las circunstancias enunciadas en el Canon 1324.
¿Por qué es tan ‘mala’ la llamada ideología de género, que se está convirtiendo en la gran amenaza contra la que arremeten muchos obispos en todo el mundo?
Toda ideología o ideologización de determinados planteamientos tiende a desfigurar la realidad y a manipular su adecuada comprensión. Cuando los obispos se oponen a una ideología determinada, sea de carácter político o social o económico o cultural o comunicacional, o de cualquier índole, están ejerciendo su función de magisterio y debe ser acogida por los fieles, teniendo siempre en cuenta que cada uno debe proceder de acuerdo con la propia conciencia según sus específicas circunstancias.
Hace unos años, un periódico colombiano titulaba así una crónica sobre usted: «El jesuita que entiende la muerte digna».
La dignidad de la persona, según el Concilio Vaticano II, es la consecuencia del plan de Dios sobre la humanidad, que es su divinización: creados en Cristo, redimidos por su muerte y resurrección, y destinados a transformarnos en hijos de Dios para lograr la plenitud divina en la eternidad. Esto determina que la dignidad humana es dignidad divina desde la encarnación de Dios-Hijo en Jesucristo. La muerte es la parte final de la vida humana y merece por tanto que sea tratada con plena dignidad como el resto de la vida. Por supuesto que estoy plenamente de acuerdo con la muerte digna para todo ser humano.
¿Cuál es la conclusión principal de las elecciones que acaban de celebrarse en su país?
Creo que el pueblo colombiano ejerció su derecho al voto en un ámbito de plena democracia y escogió a sus legisladores en conformidad con su apreciación de conciencia buscando a quienes consideró ser los mejores candidatos para realizar tan difícil misión en un posconflicto extremadamente complejo como el que tiene que atender el Congreso colombiano en la situación actual.
No faltaron algunos delitos claramente tipificados contra el voto libre, lo cual está siendo investigado y judicializado por las autoridades competentes, como en cualquier democracia que se autoestime.
¿Las reformas de Francisco son irreversibles en la Iglesia?
Si nos atenemos al Concilio Vaticano II, que nos exige la utilización de la exégesis y la hermenéutica o interpretación de la Sagrada Escritura que consigna la revelación divina, ¿cómo no tendremos que hacer exégesis e interpretación a todos los documentos doctrinales de la Iglesia a través de su larga historia?
De aquí resulta la posibilidad de que haya habido desarrollo de la doctrina, evolución del dogma, y posibilidad de comprensión cada vez mayor de la Tradición en la Iglesia, a lo cual contribuye el magisterio episcopal y pontificio.
Por supuesto que los documentos del Papa Francisco son susceptibles de interpretación, y el magisterio pontificio futuro podría modificar algunas de sus propuestas. Pero hasta el presente podemos afirmar que en la historia generalmente se avanza y no se retrocede.
En la vida de la Iglesia hemos visto muchos avances desde el Concilio Vaticano II y no creo que la Iglesia y el «sensus fidelium», el sentido del pueblo santo de Dios, vaya en proceso regresivo sino dinámico hacia adelante, a pesar de que en estos procesos hemos visto también dolorosos frenos que demoran el avance de los movimientos con que el Espíritu Santo impulsa a su Iglesia.