Para la jerarquía eclesiástica, la decisión de que no continuara con las clases de Religión "fue previsible, leal, necesaria y proporcional"
El despido de un profesor de Religión de Murcia no fue debido a que contrajo matrimonio, sino a que mantuvo una actitud pública contraria a las enseñanzas de la Iglesia, según alega la Conferencia Episcopal en el recurso presentado en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (Francia), al que ha tenido acceso Efe.
Este órgano de la Iglesia Católica se ha personado en las actuaciones emprendidas por el citado Tribunal tras la demanda presentada por el abogado José Luis Mazón en nombre de José Antonio Fernández Martínez, el profesor de Religión al que no se le renovó el contrato tras hacer público que militaba en el Movimiento Pro Celibato Opcional.
En el escrito, impulsado por el secretario del Episcopado, Juan Antonio Martínez Camino, se afirma que Fernández Martínez, a través de sus manifestaciones y sus escritos «ha mantenido una posición contraria a la Religión que se había obligado a enseñar».
Añade que «sus opiniones son contrarias a la fe católica e incompatibles con ella y, además, no se puede aceptar que se ha atentado a su derecho a la intimidad cuando ha sido él quien, de manera voluntaria, la ha revelado con sus manifestaciones».
La Iglesia Católica niega que este profesor al que no se le renovó el contrato haya sido víctima de una discriminación y comenta que «difícilmente puede alegar, de forma simultánea, su derecho a la libertad de expresión y, al mismo tiempo, su derecho a la intimidad».
Para la jerarquía eclesiástica, la decisión de que no continuara con las clases de Religión «fue previsible, leal, necesaria y proporcional», por lo que pide al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que confirme la resolución del Tribunal Constitucional de España, que en junio de 2007 no le dio la razón a este profesor.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia declaró en su día que no había existido despido de este profesor, sino una no renovación de su contrato, por lo que revocó una sentencia anterior de un Juzgado de lo Social que declaró que el despido era nulo. (RD/Efe)