"Quemar Iglesias me parece una barbaridad si no hay nadie dentro", fue publicado el 25 de diciembre del año pasado por el vecino de Blanes y retuiteado por el edil de de Palafolls
La Fiscalía de Girona ha denunciado a un vecino de Blanes por publicar la Navidad pasada un ‘tuit’ mostrándose partidario de quemar iglesias con gente dentro y a un edil de ICV de Palafolls, Barcelona, por retuitearlo.
La denuncia, por un presunto delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, está castigado con penas de uno a tres años de prisión y multa de seis a doce meses, y ha sido interpuesta en los juzgados de Blanes.
Del caso se ha hecho cargo el Juzgado de Instrucción número 5 de Blanes, que ya la ha admitido a trámite. El texto del ‘tuit’ denunciado, «Quemar Iglesias me parece una barbaridad si no hay nadie dentro», fue publicado el 25 de diciembre del año pasado por el vecino de Blanes y retuiteado por el edil de de Palafolls. Unos días después, justo el 31 de diciembre, agentes de la Policía Nacional comunicaron a la Fiscalía de Barcelona que el «Maresme Actiu», un periódico digital de la comarca, publicaba un escrito referente al citado ‘retuit’ hecho por parte del concejal de Palafolls.
La Fiscalía de Barcelona inició entonces una investigación y al averiguar que el autor de la frase a favor de quemar iglesias con gente dentro era de Blanes, remitió las diligencias de investigación a la de Girona. Simultáneamente, también otra persona denunció en Arenys de Mar, Barcelona, el mismo ‘tuit’ y de nuevo la fiscalía lo remitió a la de Girona. El fiscal de Girona, una vez analizada la documentación aportada, ha considerado que se puede imputar a los autores un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas garantizado por la Constitución y entró la denuncia a los juzgados de Blanes.
Además, solicitó al juez que tomara declaración a los dos denunciados en calidad de imputados, que mandara un requerimiento a Twitter para que identifique a los dos usuarios y la dirección IP desde la que se publicó el ‘tuit’ y que las compañías telefónicas identificaran a los titulares de las direcciones IP. El Juzgado de Instrucción número 5 de Blanes, que se hizo cargo del caso, ha abierto diligencias de investigación y ha mandado el requerimiento a Twitter.
Según el artículo 510 del Código Penal, «los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, si origen nacional, su sexo, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses».
(RD/Agencias)