La sentencia también descarta que se haya producido un ataque a su honor o intimidad, pues no consta "el más mínimo indicio" de que el cese "se haya difundido más allá del ámbito del colegio"
(J. Bastante).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha avalado el despido de S. Q., el profesor de Religión detenido en su día, junto al padre Román y otros dos sacerdotes acusados de abusos sexuales a un joven de Granada, en el conocido como «caso Romanones». Pese a que su acusación ha prescrito, el tribunal considera que su cese «fue ajustado a derecho» al haber quitado la diócesis la idoneidad para impartir la materia al docente.
En su sentencia, según publica Granada Hoy, el TSJA estima el recurso que interpuso la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía contra el fallo del juzgado de lo Social 1, que ordenó la inmediata readmisión del profesor.
S.Q. impartía la asignatura de Religión y Moral Católica en un Instituto de Educación Secundaria de Dúrcal, y en un primer momento, un juzgado de la ciudad había estimado su readmisión, así como a una indemnización de 6.000 euros.
El cese de S.Q. se produjo a raíz de que el Arzobispado de Granada le retirase la «missio canónica», imprescindible para ejercer como profesor de Religión, después de que el docente fuera detenido dentro de la investigación del «caso Romanones», que llegó a implicar a diez sacerdotes y dos laicos, y que ahora únicamente continúa contra el padre Román al considerar el juez instructor que los posibles delitos de los otros once, pese a concederles verosimilitud, habrían prescrito.
En su razonamiento, el tribunal recuerda que entre los profesores de Religión y la Administración educativa existe una relación laboral «objetivamente especial» y que la continuidad en el empleo de estos docentes está sometida «a la voluntad de un órgano de la correspondiente confesión religiosa», en este caso el Arzobispado de Granada.
El fallo concluye que la retirada a S.Q. de la missio canónica fue «estrictamente religiosa y moral», por haber sido detenido como presunto autor de abusos sexuales a menores, por lo que «no puede afirmarse» que la decisión del Obispado fuese «ajena a causas de naturaleza religiosa». De este modo, establece que no hubo en realidad un despido, sino «una causa extintiva del vínculo jurídico existente» al revocar el obispo la idoneidad de S.Q. para dar clases, ante lo que declara que la extinción de su relación laboral con la Junta «es ajustada a derecho».
La sentencia también descarta que se haya producido un ataque a su honor o intimidad, pues no consta «el más mínimo indicio» de que el cese «se haya difundido más allá del ámbito del colegio» en el que prestaba sus servicios, «siendo por el contrario la detención del mismo cuestión que tuvo gran repercusión pública, dada la entidad del delito por el que el mismo fue detenido».