La proposición será votada en pleno este jueves

El Congreso abre la puerta a la despenalización de la eutanasia

Sólo el PP y UPN se han mostado en contra de la iniciativa

El Congreso abre la puerta a la despenalización de la eutanasia
Concentración en favor de la eutanasia Agencias

La proposición, que se aprobó en el Parlamento de Cataluña el pasado mes de julio, insta a modificar el apartado 4 del artículo 143 del Código Penal para despenalizar la eutanasia y la ayuda al suicidio y exonerar de responsabilidad penal

El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado este martes el primer paso para iniciar la despenalización de la eutanasia en casos terminales o con dolor permanente, gracias al apoyo expresado por la mayor parte de los grupos a la proposición de ley del Parlamento de Cataluña que pide la reforma del Código Penal en este sentido. Actualmente la medida contempla penas de prisión entre cuatro y ocho años.

Todos los grupos, excepto el Partido Popular (PP) y Unión del Pueblo Navarro (UPN), que se han mostrado en contra, y Ciudadanos (Cs), que se abstendrá, han mostrado su apoyo a esta iniciativa, la cual, no obstante, será votada en el Pleno de la Cámara Baja el próximo jueves.

Es la primera vez que la regulación de la eutanasia se debate en el Congreso, que ya había rechazado en numerosas ocasiones legislar sobre esta práctica que es legal en países como Bélgica, Holanda, Luxemburgo y Canadá.

La proposición, que se aprobó en el Parlamento de Cataluña el pasado mes de julio, insta a modificar el apartado 4 del artículo 143 del Código Penal para despenalizar la eutanasia y la ayuda al suicidio y exonerar de responsabilidad penal a quien ayude a morir a una persona con una enfermedad terminal o incurable que le provoca sufrimiento físico o psíquico grave.

El texto contó con el apoyo de Junts pel Sí (formada por la coalición que crearon en su momento ERC y el PDeCAT), el PSC, SíQueEsPot (ahora En Comú Podem) y la CUP. Ciudadanos se abstuvo y el PP votó en contra.

 

 

El texto consta de un artículo único en el que se propone modificar el apartado 4 del artículo 143 del Código Penal para que queden exentos de responsabilidades los que «de manera indirecta o cooperando ayuden a morir de manera segura, pacífica y sin dolor» a una persona que lo pida de forma «expresa, libre e inequívoca».

Además, se indica que, el paciente deberá sufrir «una enfermedad terminal» o una «patología incurable» que le provoque un «sufrimiento físico o psíquico grave que se prevea permanente».

Con esta nueva redacción, se modificaría el texto actual del Código Penal en el que se recoge que, quien induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años, mientras que aquel que coopere con esta actividad también será castigado con la prisión. En este caso, con penas de hasta diez años, en el caso de que se ejecute la muerte.

El Código Penal también recoge la posibilidad de que la eutanasia se aplique «por la petición expresa, seria e inequívoca» del paciente y que éste sufra «una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar». En este caso, quien le ayudara a morir sería castigado «con la pena inferior en uno o dos grados» a las señaladas anteriormente.

(RD/Agencias)

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Autor

Jesús Bastante

Escritor, periodista y maratoniano. Es subdirector de Religión Digital.

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