Cualquiera que lleve a cabo un negocio sobre una base comercial, como un hotel, está obligado, como todos los demás, a pagar impuestos. Sin excepción y sin descuentos. Pero hay que distinguir la forma de las actividades
La Comisión Europea erró al permitir la exención del impuesto sobre los bienes inmuebles lucrativos de la Iglesia Católica decretado por el Gobierno Italiano entre 2006 y 2011 entendiendo que era imposible recuperarlo.
«Debía haber examinado en detalle la existencia de vías alternativas para permitir la recuperación, incluso parcial, de las sumas», señala una sentencia hecha pública por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En 2012, el Ejecutivo comunitario decretó que no gravar las propiedades de la Iglesia que ejercían actividad económica -como las escuelas- era ilegal, pero decidió no ordenar a Italia que recuperara los pagos ante la «imposibilidad» de hacerlo.
El propio TJUE, en primera instancia, avaló en 2016 los argumentos de la Comisión. Ahora, la justicia europea anula esta decisión, al estimar que se no agotó el estudio de las posibles vías para la recuperación del impuesto.
La excepción fue decidida por el Gobierno de Silvio Berlusconi, que aprobó en 2008 una dispensa para todas las propiedades de la Iglesia.
El recurso fue interpuesto por la escuela privada Montessori de Roma, con la ayuda del Partido Radical, contra la sentencia del Tribunal de la UE del 15 de septiembre de 2016.
Según la Asociación Nacional de Municipios, la cantidad dejada de abonar por parte de la Iglesia se sitúa entre 4.000 y 5.000 millones de euros.
El Tribunal de Justicia, por su parte, consideró que las exenciones del IMU, el impuesto que sucedió al ICI, introducidas por el Gobierno Monti en 2012, que también fueron impugnadas por los demandantes, eran legítimas.
Tras la sentencia de hoy, la Conferencia Episcopal italiana declaró que se deben pagar impuestos por las actividades comerciales, pero opinó que deben quedar exentos los servicios a la comunidad.
«Cualquiera que lleve a cabo un negocio sobre una base comercial, como un hotel, está obligado, como todos los demás, a pagar impuestos. Sin excepción y sin descuentos. Pero hay que distinguir la forma de las actividades», comentó a los medios locales Monseñor Stefano Russo, Secretario General de la Conferencia Episcopal.
Agregó que «la sentencia reconoce que las actividades sin fines de lucro deben quedar exentas».
(RD/Efe)