Roma explica el alcance del acuerdo con los anglicanos

«No hay desacuerdo sobre el celibato»

Cardenal Levada: "No hay fundamento para tal especulación"

Carece de fundamento especular sobre un desacuerdo en materia de celibato -acaba de advertir el padre Federico Lombardi, director de la Oficina de Información de la Santa Sede-, parte del contenido de la próxima Constitución Apostólica relativa a los Ordinariatos personales [una estructura canónica] para los anglicanos que entren en comunión plena con la Iglesia católica, según cuenta Marta lago en Cope.

En una aclaración [por escrito] en inglés, el padre Lombardi explica: «Se ha difundido ampliamente una especulación, basada en observaciones supuestamente informadas del corresponsal italiano Andrea Tornielli, acerca de que el retraso en la publicación de la Constitución Apostólica relativa a los Ordinariatos Personales para los anglicanos que entran en comunión plena con la Iglesia católica, anunciada el 20 de octubre de 2009 por el cardenal William Levada -prefecto de la Congregación [vaticana] para la Doctrina de la Fe-, se debe a más que razones «técnicas».

Según tal especulación, existe una grave cuestión sustancial en el retraso, esto es, desacuerdo sobre si el celibato será la norma para el futuro clero en la Disposición».

«El cardenal Levada -prosigue el padre Lombardi- ha ofrecido el siguiente comentario a esta especulación: «Si se me hubiera preguntado, con gusto habría aclarado cualquier duda sobre mis observaciones en la conferencia de prensa [de anuncio de la Constitución Apostólica, el pasado día 20]. No hay fundamento para tal especulación. Nadie en el Vaticano me ha mencionado semejante cuestión. El retraso es puramente técnico en el sentido de asegurar coherencia en el lenguaje canónico y en las referencias. Los asuntos de traducción son secundarios; la decisión de no retrasar la publicación en espera de la difusión del texto latino «oficial» en «Acta Apostolicae Sedis» se tomó hace tiempo».

Continúa el purpurado: «Los borradores que ha preparado el grupo de trabajo, y sometidos a estudio y aprobación siguiendo el procedimiento habitual de la Congregación, incluyen todos la siguiente declaración, que actualmente es el artículo VI de la Constitución»:

§1. Aquellos que han ejercido como diáconos, sacerdotes u obispos anglicanos, y que cumplan con los requisitos establecidos por la ley canónica y que no estén impedidos por irregularidades u otros obstáculos, pueden ser aceptados por el Ordinario como candidatos a las Sagradas Órdenes en la Iglesia Católica. En el caso de ministros casados, las normas establecidas en la Carta Encíclica de Pablo VI «Sacerdotalis coelibatus», n. 42*, y en la Declaración «In June» se deben observar. Los ministros no casados deben someterse a la norma del celibato sacerdotal del Código de Derecho Canónico can. 277, §1*.

§ 2. El Ordinario, en plena observancia de la disciplina del clero célibe en la Iglesia Latina, como regla (pro regula) admitirá sólo a hombres célibes al orden del presbiterado. Puede también elevar petición al Romano Pontífice, como derogación del canon 277 §1, respecto a la admisión de hombres casados al orden del presbiterado según el análisis de cada caso, de acuerdo con criterios objetivos aprobados por la Santa Sede.

«Se debe entender este artículo -subraya el cardenal Levada- como coherente con la práctica actual de la Iglesia, en la que los ministros anglicanos que ya estuvieran casados pueden ser admitidos al ministerio sacerdotal en la Iglesia católica analizando caso por caso».

«Respecto a los futuros seminaristas, se consideró puramente especulativo el que pudiera haber algunos casos en los que se pidiera una dispensa de la regla del celibato. Por esta razón, los criterios objetivos sobre cualquiera de tales posibilidades (por ejemplo, seminaristas casados ya en preparación) deben desarrollarse conjuntamente por el Ordinariato Personal y la Conferencia Episcopal, y someterse a la aprobación de la Santa Sede», confirma el purpurado.

De acuerdo con el padre Lombardi, el cardenal Levada afirma que las normas de la Constitución se completarán a finales de la primera semana de noviembre.

 

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