ANÁLISIS REALIZADO POR AD&LAW

Siete gastos que podrías deducirte si eres autónomo y que desconocías

Si un autónomo desarrolla su actividad en casa, puede deducirse parte del IVA que soporte en gastos e inversiones relacionados con su vivienda

Siete gastos que podrías deducirte si eres autónomo y que desconocías
Autónomo, emprendedor. PD.

Para un autónomo es fundamental minimizar sus costes fijos y optimizar fiscalmente su capital, sobre todo, si se encuentra en los primeros años de su actividad. Ad&Law analiza aquellos gastos deducibles en este periodo de la renta que, en muchas ocasiones, como autónomo se te pueden haber escapado.

1.- SI DESARROLLAS TU ACTIVIDAD EN CASA…

Si un autónomo desarrolla su actividad en casa, puede deducirse parte del IVA que soporte en gastos e inversiones relacionados con su vivienda (amortización, IBI, seguros, reformas) por la parte de superficie que utilice en la actividad. Eso sí, siempre y cuando se haya dado de alta la dirección donde vaya a desarrollar dicha actividad en el Censo de Empresarios a través del modelo 036.

2.- INSTALA CONTADORES SEPARADOS

Por el contrario, los gastos de suministro y el IVA soportado, en estos casos en el que se usa la vivienda como oficina, no son deducibles. La única manera de deducirlos sería instalando contadores separados o comparar el gasto de cada suministro antes y después de iniciar la actividad, pudiendo justificar así una subida en dichos gastos.

3.- GASTOS DEL VEHÍCULO

Respecto al vehículo particular y sus gastos asociados (mantenimiento, combustible, seguro, etc.), a efectos del IRPF, solo se admite la deducción del 100% del gasto a los autónomos dedicados a actividades de transporte como taxistas, transportistas, repartidores, mensajeros, autoescuelas, agentes comerciales y representantes. Los demás autónomos pueden deducirse estos gastos solo a través del IVA y hasta un 50%.

4.- TRANSPORTE PÚBLICO Y ESTANCIAS

El autónomo puede desgravarse los gastos de desplazamiento en transporte público (avión, tren o taxi) y los de estancia en hoteles y gastos de manutención. Para ello, siempre debe acreditarse el carácter profesional, por lo que la realización de este tipo de desembolsos en fin de semana es difícil que sea aceptada por Hacienda. Además, también es difícil que nos admitan como gasto el vestuario profesional, como uniformes u otras prendas si estas no llevan el anagrama del negocio.

5.- PIDE FACTURAS

Las facturas simplificadas no son deducibles porque no permiten identificar quién ha realizado el gasto. Por ello, desde Ad&Law, recomiendan pedir facturas para todos los gastos relacionados con el negocio.

6.- CUIDADO CON LAS SANCIONES, RECARGOS Y MULTAS

Hay una serie de gastos que no pueden ser considerados deducibles como, por ejemplo, las sanciones, los recargos de apremio o por presentación fuera de plazo y las multas. Además, tampoco desgravan los donativos, ni los regalos a terceros, aunque sean clientes.

7.- PRESTACIONES POR INCAPACIDAD

Las prestaciones por incapacidad temporal, se declaran siempre como rentas del trabajo, incluso aunque quien las cobre sea un autónomo por lo que tributará menos en su IRPF. Es un error declararla como un mayor rendimiento de su actividad económica

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Autor

Emilio González

Emilio González, profesor de economía española, europea y mundial en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Autónoma de Madrid.

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